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Juez Concepción Carhuancho declara inaplicable ley de crímen organizado en un caso vinculado a 'Los Waykis en la Sombra'

El magistrado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria declaró infundada la excepción de improcedencia de acción que planteó la defensa de Herrera Vásquez. | Fuente: RPP

El magistrado declaró infundada la excepción de improcedencia de acción que planteó la defensa de Zenovia Herrera Vásquez, exjefa de Qali Warma que buscaba archivar la investigación en su contra por los presuntos delitos de organización criminal y tráfico de influencias.

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El juez Richard Concepción Carhuancho declaró inaplicable la polémica Ley 32108 contra el crimen organizado en el caso contra Zenovia Griselda Herrera Vásquez, exjefa del programa Qali Warma e investigada por el caso Waykis en la Sombra, que involucra a Nicanor Boluarte, hermano de la presidenta Dina Boluarte.

El magistrado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria declaró infundada la excepción de improcedencia de acción que planteó la defensa técnica de Herrera Vásquez en la investigación que se le sigue por los presuntos delitos de organización criminal y tráfico de influencias en agravio del Estado.

En su disposición, el magistrado consideró que se vulneran "los derechos a la tranquilidad, seguridad personal, verdad y a vivir en una sociedad libre de corrupción, violentando la Constitución Política del Perú, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos (Convención de Palermo)".

Cabe precisar que Herrera Vásquez solicitó archivar la investigación en su contra a través de dicho recurso, amparándose en la polémica ley promulgada por el Congreso.

Según testimonios, la exfuncionaria, bajo presuntas órdenes de Nicanor Boluarte, habría seleccionado y propuesto a personas para ser designadas como prefectos y subprefectos en la región San Martín, condicionándolos a efectuar acciones a favor de la inscripción del partido Ciudadanos por el Perú.

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En ese sentido, el titular del Legislativo consideró que en la cuestionada Ley 32108 debería cambiarse lo que se refiere a definición de organización criminal y lo que establece para el procedimiento de allanamiento. 

"Los temas que, a mi concepto, tienen que modificarse son, uno, la definición de organización criminal. En el texto vigente aún se habían establecido algunos conceptos vagos, generales que en la aplicación de la misma norma inducían a la confusión de los magistrados, porque la ley tiene que ser de manera expresa e inequívoca, no puede tener vaguedades ni generalidades, y me parece que ahí ha habido un error en el concepto. Eso se está corrigiendo", comentó.

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