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Keiko Fujimori | ¿Qué tanto influye en los jueces de la Corte Suprema el pedido del fiscal Rodríguez Monteza?

Keiko Fujimori fue recluida el 1 de noviembre de 2018 en el penal Anexo de Mujeres de Chorrillos. La medida fue adoptada en el marco de una investigación en su contra por el caso Odebrecht.
Keiko Fujimori fue recluida el 1 de noviembre de 2018 en el penal Anexo de Mujeres de Chorrillos. La medida fue adoptada en el marco de una investigación en su contra por el caso Odebrecht. | Fuente: Andina

La Sala Penal Permanente evaluará el recurso con el que la encarcelada ex candidata presidencial pretende revertir su situación. Especialistas consultados para esta nota explican que la última actuación del fiscal supremo no es vinculante, pero que sí tendrá un peso en el análisis de la causa.

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El Poder Judicial revisará en última instancia el recurso de casación con el que Keiko Fujimori -encarcelada preventivamente desde noviembre de 2018- busca recuperar su libertad. Como se recuerda, la lideresa de Fuerza Popular afronta una investigación fiscal por liderar una presunta organización dedicada al lavado de aportes de Odebrecht, y viene cumpliendo ocho de los 36 meses de prisión preventiva que le dictó el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Sala Penal Nacional.  

Menos de 48 horas antes de la audiencia prevista para el viernes 5 de julio, el fiscal supremo Víctor Rodríguez Monteza -quien deberá representar los intereses del Ministerio Público en la causa- remitió un documento a la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema para sugerir que se anule la orden de prisión preventiva de Fujimori. Especialistas consultados por RPP Noticias estimaron así el pronunciamiento del representante del Ministerio Público:

El ex fiscal supremo provisional, Avelino Guillén Jáuregui, descartó que lo solicitado por Rodríguez Monteza tenga influencia absoluta sobre el criterio de los jueces. Sin embargo, reconoció que el pronunciamiento de un fiscal supremo tiene, de todas maneras, relevancia en el análisis de la casación. 

“Esta es una opinión que no es vinculante, pero que los jueces están obligados a analizar. Claramente, tiene un peso, pues los jueces tienen el deber de tomar en cuenta lo que fundamenten las partes. Lo particular de este escenario es que en la audiencia se va a escuchar una sola posición, que es la de quienes sostienen [abogados de Keiko Fujimori y, ahora, el Ministerio Público, en representación de Rodríguez] que se revoque la medida de prisión preventiva”, expresó.

Víctor Raúl Rodríguez Monteza es fiscal supremo titular desde 2016. El último miércoles, envió a la Sala Penal Permanente un escrito en el que pedía revocar la prisión preventiva para Keiko Fujimori y otros tres investigados.
Víctor Raúl Rodríguez Monteza es fiscal supremo titular desde 2016. El último miércoles, envió a la Sala Penal Permanente un escrito en el que pedía revocar la prisión preventiva para Keiko Fujimori y otros tres investigados. | Fuente: Andina

Para Guillén, el accionar del fiscal supremo ha generado una situación compleja y contradictoria en el Ministerio Público. “Definitivamente, esto quiebra la unidad del Ministerio Público. Este es el primer caso donde se va a analizar a profundidad el tema del peligro procesal por obstaculización de la actividad probatoria del Ministerio Público. No existe antecedente sobre esto. Es una medida que no es ilegal, pero que sí genera suspicacia, considerando los cuestionamientos que existen sobre Rodríguez Monteza. Lo ideal para la transparencia del proceso hubiese sido que él se inhiba de pronunciarse en este recurso de casación”. 

El ex funcionario explicó, además, que los fallos ya emitidos en instancias inferiores por el Poder Judicial respecto del caso Fujimori -es decir, la primera resolución con la que se aprobó el pedido de prisión preventiva formulado por el fiscal José Domingo Pérez, y la segunda resolución que ratificó la medida- siguen teniendo relevancia en el criterio de la Sala Suprema. 

La abogada penalista Romy Chang Kcomt señala que es arriesgado asumir que los jueces votarán en uno u otro sentido. “Si somos muy legalistas, podríamos decir que el pronunciamiento de un supremo de la Fiscalía debería revertir lo que alguna vez formuló el inferior jerárquico. Pero ese no será necesariamente el criterio que tomen los jueces. Es una opinión no vinculante y, como tal, los jueces podrían terminar discrepando de la opinión del fiscal supremo”, indicó. 

No obstante, Chang dijo que lo realizado por Rodríguez Monteza puede considerarse un acto de “rectificación” de todo el Ministerio Público. “No podemos mirar a Rodríguez Monteza como ‘un fiscal supremo aislado’, sino como a la institución en su totalidad. Esto puede tomarse como un cambio de opinión que deja sin piso a los inferiores jerárquicos Rafael Vela y José Domingo Pérez [que son los fiscales que integran el Equipo Especial Lava Jato]”.

Por su parte, el abogado penalista Carlos Caro Coria, expresó que la situación otorga la mitad de probabilidades a favor de Keiko Fujimori. “La posición del fiscal, evidentemente, no obliga a la Sala. Pero, teniendo en cuenta que el pedido de prisión preventiva vino  del Ministerio Público, el que un fiscal supremo -en última instancia- diga que ‘no es necesaria la detención’ es bastante potente frente a la Sala. No es un tema menor; es un tema muy potente y que favorecería, digamos, la salida de Keiko Fujimori, por lo menos, en un 50%”, precisó.

Periodista.

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