Corte Suprema revisará la resolución judicial que autorizó levantar el secreto bancario de María Cordero

La Fiscalía investiga a María Cordero por el presunto delito de concusión en agravio del Estado por presuntamente haber obligado a un trabajador de su despacho congresal a entregarle el 50% de sus haberes.

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El tribunal determinó que dicho recurso de apelación cumple los presupuestos establecidos en el Código Procesal Penal
El tribunal determinó que dicho recurso de apelación cumple los presupuestos establecidos en el Código Procesal Penal | Fuente: Andina

La Corte Suprema revisará la resolución judicial que autorizó levantar el secreto bancario y la reserva tributaria y bursátil de la suspendida legisladora María Cordero como parte del proceso penal que se le sigue por un presunto recorte de sueldo a un trabajador de su despacho congresal en el año 2022.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema declaró "bien concedido" el recurso de apelación que presentó la suspendida Legisladora, a través de su defensa legal, para que se revoque la resolución que emitió el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria el último 11 de junio, así como su aclaración del 30 de junio último.

En dicha oportunidad declaró "fundado" el pedido que hizo el Ministerio Público para que se ejecute la medida respecto al periodo comprendido entre 7 de febrero del 2022 al 28 de febrero del 2023.

El tribunal presidido por el juez supremo César San Martin determinó que dicho recurso de apelación cumple los presupuestos establecidos en el Código Procesal Penal, por lo que en los próximos días se deberá señalar la fecha y hora de la audiencia.

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Posición de la defensa

La defensa legal de la suspendida legisladora demanda, en su recurso de apelación presentado el último 08 de julio, que se anulen estas resoluciones cuestionadas a fin de que se realice una nueva audiencia para evaluar el requerimiento fiscal.

Ello, al sostener que se incurrió en la inobservancia del debido proceso e incongruencia procesal, pues el Ministerio Público no presentó una imputación concreta, individualizada y estrictamente delimitada dentro del marco de la aprobación de una causa penal contra la recurrente.

Esto vulneraría su derecho de defensa, ya que sirvió para sustento del requerimiento del secreto bancario y, en consecuencia, de la emisión del auto apelado.

Asimismo, sostiene que hubo diversos elementos de convicción que fueron introducidos indebidamente al proceso, sin haberse actuado como medio de prueba y que dedujo la nulidad de la disposición de formalización y continuación de la investigación sobre este caso.

Proceso contra María Cordero

Como se recuerda, la Fiscalía investiga a María Cordero por el presunto delito de concusión en agravio del Estado por presuntamente haber obligado a un trabajador de su despacho congresal a entregarle el 50% de sus haberes entre los meses de marzo y agosto del 2022.

Tras ello, el 14 de marzo del 2024, el pleno del Congreso aprobó suspender a María Cordero en su cargo de congresista y levantar su inmunidad parlamentaria a fin de que afronte este proceso penal.

No obstante, el parlamento no aprobó la propuesta para que Maria Cordero sea inhabilitada por 10 años para ejercer cargos públicos.

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