Según informó el presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, la institución evaluaría la posibilidad de absolver póstumamente a Jorge Villanueva Torres.
No se trataría de una reapertura del caso, sino de una absolución póstuma. El presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, informó este miércoles en RPP Noticias que su fuero podría revisar la condena a Jorge Villanueva Torres, apodado ‘Monstruo de Armendáriz’, quien fue ejecutado por homicidio y violación en 1957.
¿Cómo fue procesada esta persona? ¿Por qué la Corte Suprema ve injusta su sentencia 60 años después? ¿Es posible anularla? Aquí te explicamos.
Detención. El 8 de setiembre de 1954, un niño de tres años identificado como Julio Hidalgo Zavaleta fue hallado muerto y con signos de violencia sexual cerca de la quebrada de Armendáriz, en el distrito limeño de Barranco. Seis días después, la Policía creyó dar con el culpable: un hombre afroperuano de 35 años llamado Jorge Villanueva Torres.
Según las crónicas policiales de entonces, Ulderico Salazar, un vendedor de turrones, declaró haber visto al niño con un individuo de raza negra. Las autoridades validaron su testimonio y detuvieron a varias personas con esa característica. Luego, cuando el comerciante vio a Villanueva, se mostró convencido de que él era el asesino.
Proceso penal y condena. Villanueva negó su responsabilidad desde el inicio. Tras días de interrogatorios, los investigadores dijeron haberlo oído confesar el crimen. Y, pese a los pocos medios probatorios que se tenían, el caso fue empujado hasta una condena a muerte. La presión no solo fue ejercida por la población, sino también por los medios de prensa.
El procesado sostuvo que los investigadores lo forzaron a auntoinculparse, pero el Tercer Tribunal Correccional no le creyó. A dos años de su arresto, el 7 de octubre de 1956, fue finalmente condenado a la pena capital. La Corte Suprema rechazó su apelación en 1957 y, con ello, ratificó el fallo. Hasta su último momento de vida, la madrugada del 12 de diciembre de ese año, Villanueva gritó por su inocencia.
¿Nueva revisión? Seis décadas después, el Poder Judicial podría absolver al llamado ‘Monstruo de Armendáriz’. La clave está en el Código de Procedimientos Penales (CPP) de 1940, vigente en ese entonces y que puede aplicarse hoy para la revisión de la condena.
El abogado penalista y editor en Gaceta Jurídica, Percy Revilla, explicó el marco procedimental a RPP Noticias. “Se trataría de una demanda póstuma. La Corte Suprema debe recibir una demanda a nombre de un descendiente de Villanueva, aunque puede también un fiscal presentar la acción. Luego, se convoca una vista de causa, donde se puede declarar absuelto al condenado. Esto se llama rehabilitación”.
También indicó que, de aprobarse el pedido, los jueces deben fijar un monto de indemnización a los familiares por daño a la vida y daño moral. Sin embargo, para que la rehabilitación proceda, deben cumplirse ciertos requisitos establecidos por el artículo 361 del CPP.
Para el abogado penalista Carlos Caro Coria, todo el procedimiento resulta muy improbable. “Creo que el presidente del PJ ha dado un saludo a la bandera al referirse a la posible revisión del caso. Para que ocurra, solo quedan las opciones de que el testigo (que seguramente ya ha fallecido) se desdiga o de que se demuestre que la víctima falleció por otra causa”. Sobre esto último, señaló que se tendría que ordenar la exhumación del cuerpo del menor. “Es complicado hallar nuevas pruebas a este punto como para que se dé una absolución, aunque esta sea simbólica”, concluyó.
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