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BCP pagará excedente de CTS cuando empleadores informen intangible

Andina
Andina

Los trabajadores podrán disponer del saldo excedente de su CTS una vez que su empleador haya cumplido con entregar la información necesaria, informó el banco.

El Banco de Crédito del Perú (BCP) informó que los trabajadores que quieran retirar el excedente de cuatro sueldos de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) podrán hacerlo una vez que su empleador haya informado al banco el monto intangible.

A través de un comunicado, la entidad financiera señaló que viene implementado responsablemente los alcances del Decreto de Urgencia 001-2014, que permite a los trabajadores disponer libremente del 100% del excedente de cuatro remuneraciones de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2014.

“Para el BCP es muy importante cumplir con la regulación de forma correcta. Por ello, los trabajadores podrán disponer del saldo excedente de su CTS una vez que su empleador haya cumplido con entregar la información necesaria”, indicó el banco.

Como se recuerda, el Decreto de Urgencia emitido por el Ejecutivo señala que los empleadores deben declarar el intangible en base al último sueldo bruto pagado al trabajador.

El BCP refirió que desde el 16 de julio viene recibiendo esta información de parte de las empresas, a fin de calcular correctamente el monto del saldo disponible.

En los próximos días, los clientes que tengan su CTS en el BCP podrán disponer del 100% del excedente a las cuatro remuneraciones”, concluyó la entidad.

Cabe indicar que el BBVA Continental y el Scotiabank también han implementado mecanismos para el retiro del excedente de la CTS.

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