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Reactivación económica: ¿Cuáles son las actividades de entretenimiento permitidas desde el 01 de octubre?

El Gobierno ha optado por no iniciar las actividades relacionadas a  bares, discotecas y cines, pues son consideradas centros de alto nivel de contagio.
El Gobierno ha optado por no iniciar las actividades relacionadas a bares, discotecas y cines, pues son consideradas centros de alto nivel de contagio. | Fuente: The Associated Press

No todas las actividades comerciales han sido aprobadas ante la incertidumbre de una posible segunda ola de contagios de COVID-19. Conoce cuáles son las actividades de reacreación que podrás realizar desde este jueves.

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A partir de este jueves 01 de octubre se iniciará la cuarta fase de reactivación económica de manera progresiva, según confirmó el presidente Martín Vizcarra.

De acuerdo con el Decreto Supremo N°157-2020-PCM, seis actividades relacionadas al arte, entretenimiento y esparcimiento estarán permitidas.

Los servicios relacionados a estas actividades, que tendrán un aforo del 60% son:

- Actividades de bibliotecas y archivos.
- Actividades y gestión de museos, monumentos arqueológicos prehispánicos, lugares y edificios históricos, centros culturales y galerías. Esto no incluye cines, ni obras de teatro y espectáculos.
- Actividades de jardines botánicos y zoológicos y de parques nacionales. Incluidas áreas naturales.
- Actividades de parques temáticos.

Mientras que en las que se permitirá un aforo del 50% son:

- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre, las cuales se pueden realizar de manera individual o en parejas, no en conjunto.
- Pesca deportiva y deportes náuticos, así como su gestión de reservas y actividades de apoyo. Así como actividades de guías de montaña.

Cabe mencionar que para el desarrollo de todas estas actividades mencionadas se deberá respetar el distanciamiento social y uso de mascarillas.

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