La empresa anunció que apelará la sanción impuesta por el Indecopi, al considerar que su resolución "no se ajusta a derecho".
El Indecopi sancionó a la empresa Gloria con una multa de 12.65 UIT, equivalentes a S/ 51,232.5, por no consignar en el etiquetado ni en el envase del producto “Bonlé Lecha Evaporada Deslactosada” una denominación de acuerdo a su naturaleza, en tanto se consignó leche evaporada parcialmente descremada, pese a que contenía elementos no lácteos.
De acuerdo a un Hecho de Importancia enviado a la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), Gloria señala que fue notificada el pasado 29 de diciembre de este nuevo proceso sancionador, que fue iniciado por una denuncia presentada por la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec).
Según este documento, el proceso sancionador fue tramitado ante la Comisión de Protección al Consumidor N°2 del Indecopi, la cual emitió una resolución con una sanción contra Gloria por un total de 12.65 UIT. En el momento en que se emitió la resolución la UIT tenía un valor de S/ 4,050.
Apelarán sanción
Sin embargo, la empresa de productos lácteos rechazó la sanción impuesta por el Indecopi y anunció que apelará la resolución.
“Consideramos que la resolución antes señalada no se ajusta a derecho y, por tanto, será apelada por nuestra representada dentro del plazo establecido por ley ante Indecopi”, refiere el texto del Hecho de Importancia.
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