Unas 18 entidades financieras recién comenzarán la aplicación de la ley de reprogramación y congelamiento de deudas, pese a que el Programa de garantías COVID-19 vencería en dos semanas.
El Banco de Desarrollo del Perú (Cofide) inició la emisión de certificados del Programa de garantías COVID-19, para la aplicación de la ley de reprogramación de deudas.
Con esto, 18 entidades financieras están habilitadas para identificar a quienes podrán reprogramar sus deudas con menores tasas de interés.
Sin embargo, la ley estaría pronta a vencer. Esta reglamentada en octubre, con una vigencia de 70 días hábiles, por lo que estaría venciendo a finales de enero.
¿Cuáles son las entidades habilitadas?
Son seis bancos los que pueden operar el programa de garantías son: Ripley, Santander, Azteca, BBVA, Interbank, Banbif
También cinco financieras: Compartamos, Efectiva; Credinka, Qapaq, Confianza.
Y siete cajas: Piura, Sullana, Arequipa, Huancayo, Incasur, Tacna, y Raíz.
¿Cómo funcionará el programa?
Si la solicitud de los deudores es aprobada entonces las entidades deben reducir las tasas de interés de la deuda en entre 15% y 25%:
- Para un costo del crédito original o reprogramado (el que resulte mayor) de hasta 10%, ofrecen un porcentaje de reducción de la tasa en 15%.
- Para un costo del crédito original o reprogramado (el que resulte mayor) de 11% a 30%, ofrecen un porcentaje de reducción de la tasa en 20%.
- Para un costo del crédito original o reprogramado (el que resulte mayor) de 31% a más, ofrecen un porcentaje de reducción de la tasa en 25%.
Los bancos también deberán extender el plazo para cancelar la deuda. Pero, el plazo de reprogramación que se disponga no puede ser mayor a 3 años (incluyendo al periodo de gracia), ni menor a 6 meses en el caso de créditos de consumo y personal, vehicular y MYPE.
¿Quiénes acceden?
La reprogramación aplica para los clientes con calificación de riesgo normal o con problemas potenciales que tengan deudas por créditos de consumo, personales, hipotecarios, vehiculares o de mypes.
- En el caso de créditos de consumo se aplicará a quienes tengan deudas no mayores a S/10,000.
- Para créditos hipotecarios el monto de la deuda debe ser no mayor a S/250,000 y solo si se trata de su primera vivienda.
- Las MYPES podrán acceder al programa si su crédito total es no mayor a S/20,000.
- En el caso de créditos vehiculares el monto de origen del crédito debe ser no mayor a S/50,000.
Se excluye del programa a quienes hayan accedido a Reactiva Peru, FAE-MYPE, FAE-AGRO, FAE-TURISMO, al Programa Mivivienda u otros similares.
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