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SBS: Usuarios solo podrán usar hasta S/ 1,537 con billeteras electrónicas

Las billeteras digitales serían principal método de pago en el 2024.
Las billeteras digitales serían principal método de pago en el 2024. | Fuente: Andina

Con el fin del Estado de Emergencia Nacional por la COVID-19, la SBS redujo las operaciones con billeteras electrónicas.

Los usuarios de las billeteras electrónicas solo podrán hacer transacciones hasta por S/ 1,537.50, informó la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

Esto implica una reducción a lo establecido en el 2020, durante la emergencia sanitaria por la COVID-19, debido a que antes el límite para transacciones era de S/ 3,000.

La SBS no solo redujo el monto de operaciones con dinero electrónico, sino que también rebajo el saldo consolidado, las conversiones y transacciones acumuladas de las cuentas electrónicas.

Ahora el saldo de todas las cuentas de dinero electrónico pertenecientes a un mismo titular, en una misma empresa emisora, no puede ser superior a 3 remuneraciones básicas, o S/ 3,075, cuando antes el máximo era de S/ 10,000.

Respecto a las conversiones a dinero electrónico, acumuladas en una misma empresa emisora, ahora no pueden exceder el monto de S/ 3,075 mensuales, pero antes el límite era de S/ 10,000.

Además, las transacciones acumuladas en una misma empresa emisora (conversión, trasferencias, pagos, etc.) no pueden exceder el monto de 6 remuneraciones mínimas o S/ 6,150 en un mes, menor a los S/ 15 000,00 que se permitían antes.

Cabe recordar que en abril del 2020, debido a la pandemia, la SBS amplió los montos de uso del dinero electrónico para promover el uso de estos medios.

Pero con el fin del estado de emergencia por la COVID-19, se establece que los emisores de dinero electrónico podrán utilizar depósitos de disposición inmediata como modalidad permanente de garantía para el valor del dinero electrónico emitido, de forma alternativa al fideicomiso.

Además, esta reducción de los montos límites se realizan con el finde reducir la exposición a los riesgos de lavado de activos.

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