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Costa Verde: Conoce las restricciones y excepciones para vehículos de transporte de carga en el circuito de playas

La Municipalidad de Lima dispuso una nueva medida de gestión de tránsito para garantizar la seguridad en la Costa Verde.
La Municipalidad de Lima dispuso una nueva medida de gestión de tránsito para garantizar la seguridad en la Costa Verde. | Fuente: Andina

La restricción para vehículos de carga mayores a 6.5 toneladas en la Costa Verde se suma a los nuevos límites máximos de velocidad para la circulación de automóviles en el circuito de playas.

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La Municipalidad Metropolitana de Lima restringirá a partir de este miércoles la circulación de vehículos de transporte de carga y mercancías en el circuito de playas de la Costa Verde, desde la Bajada Escardó en el distrito de San Miguel hasta la bajada Huaylas en el distrito de Chorrillos.

A través de la resolución de gerencia Nº 349-2019-MML/GTU, publicada en el boletín de normas del diario El Peruano, se establece que la restricción incluye las vías de acceso (bajadas) del circuito, durante las 24 horas del día, para vehículos cuyo peso bruto o peso combinado supere las 6.5 toneladas.

 

¿Para qué vehículos no aplica?

La norma precisa que diez tipos de vehículos que brinden servicios especiales estarán eximidos de la restricción:

-Vehículos encargados de recojo de residuos sólidos (basura), todos los días, dentro del horario de 22:00 a 24:00 horas.

-Vehículos destinados al remolque (grúas) en cumplimiento de sus funciones.

-Vehículos destinados a la atención de emergencias, en cumplimiento de sus funciones.

-Vehículos destinados a la atención de servicios públicos, en cumplimiento de sus funciones.

-Vehículos de radio y televisión, en cumplimiento de sus funciones.

-Vehículos que coadyuven a la ejecución de obras dentro de la vía, siempre que circulen de conformidad con la autorización de interferencia de vías.

-Vehículos destinados al transporte y custodia de dinero y valores.

-Vehículos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.

-Vehículos destinados al abastecimiento a los restaurantes, clubes, bares y otros locales de venta al público, así como aquellos cuya finalidad sea la implementación logística para eventos temporales. Esto siempre que no superen las 18.5 toneladas de peso bruto vehicular o peso bruto vehicular combinado dentro de la franja horaria de 21:00 horas a 06:00 horas de lunes a sábado.

-Vehículos de transporte de carga y/o mercancías de propiedad de las municipalidades distritales comprendidas en el tramo de restricción, y que superen las 6.5 toneladas de peso bruto vehicular, podrán circular dentro de franja horaria de 21:00 a 06:00 horas de lunes a domingo.

Señalización, control y multa

La resolución de gerencia municipal precisa también que la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito en coordinación Empresa Municipal Administradora de Peaje de Lima (Emape) realicen los trabajos de señalización vertical correspondientes en circuito de playas de la Costa Verde.

Además, la norma señala que se encargue a la Subgerencia de Fiscalización del Transporte las acciones de fiscalización para el cumplimiento de la restricción para camiones de carga pesada en coordinación con las municipalidades distritales involucradas.

Los propietarios de los vehículos de transporte de carga y mercancías que incumplan cualquiera de estas disposiciones serán multados con 336 soles.

Recientemente la Municipalidad de Lima estableció nuevos límites máximos de velocidad (entre 40 y 60 km/h) para la circulación de vehículos en el circuito de playas con el propósito de prevenir accidentes de tránsito.

 

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