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Despenalización de las relaciones sexuales con menores

rpp-jorge portuguez
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La sexualidad y los menores

Roxana Aguilar
Psicòloga
Julio Rodríguez
Penalista

Tema: violación de menores y la despenalización de las relaciones sexuales con menores, cuales deben ser las penas para los agresores, hasta el momento se han aplicado penas a estos agresores, cuando se afirma que fue sexo consentido no se incurre en delito, puede un menor consentir en su vida sexual,  están preparados psicológicamente los menores para tener relaciones sexuales, que impulso los lleva a incurrir en el sexo….

Se aprobó el 8 de enero del 2013

El Tribunal Constitucional (TC) despenalizó las relaciones sexuales consentidas de personas de entre 14 y 18 años de edad.

El colegiado declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por 10,609 ciudadanos contra el artículo 1 de la Ley Nº 28704 del Código Penal.

El TC precisó que este fallo no genera derechos de excarcelación para los procesados y condenados por violencia, agresión o abuso sexual contra menores.

Asimismo, la resolución no implica que a dichos procesados o condenados no se les pueda juzgar otra vez por el delito de violación sexual, conforme al artículo 170° del Código Penal.

El TC exhortó al Congreso que legisle de “forma sistemática y con la gravedad de la pena que corresponda todos los casos que comprometan derechos fundamentales de los menores de edad”, en línea con la obligación del Estado de proteger la integridad del niño y del adolescente.

El tribunal explicó que en cuanto a la titularidad del derecho a la libertad sexual, queda claro que este asiste a todos los mayores de edad. Sin embargo, conforme a ciertos elementos normativos y fácticos del ordenamiento jurídico del país, los menores de edad entre 14 años y menos de 18 también pueden ser titulares de dicho derecho.

Según los demandantes, “es constitucionalmente legítimo sancionar gravemente las relaciones sexuales realizadas con violencia, coerción o aprovechamiento de una posición dominante, más aún si se trata de adolescentes y niños, pero de ninguna manera ello equivale a penalizar toda forma de relación sexual sostenida por adolescentes.

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