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El derecho al descanso vacacional

Andina
Andina

Son pocas las empresas que dan vacaciones pagadas, la mayoría contabiliza once meses de trabajo por año porque las vacaciones las toman del mes doce y las dan por adelantado.

En el programa Derecho Ciudadano conversamos acerca de los deberes, pero también derechos de cada ser humano; es por ello que para nosotros es importante resaltar la labor de cada trabajador, quien debe saber que es muy importante recibir sus vacaciones anualmente, ya que un tiempo de descanso y recreación siempre ayudará a sentirse mejor en el trabajo.

Tendrán derecho a vacaciones los trabajadores que cumplan una jornada ordinaria mínima de 4 horas diarias; en consecuencia, los trabajadores a tiempo parcial que tienen una jornada promedio diaria menor de 4 horas diarias están excluidos de este beneficio.
Ref. Art. 11° del Decreto Supremo Nº 012-92-TR, Reglamento del Decreto Legislativo 713.

¿Qué requisitos deben cumplir los trabajadores para gozar del descanso vacacional?
Primero, deben cumplir un año calendario de servicios
Segundo, cumplir con un récord mínimo de días laborados según su jornada:
- Para trabajadores cuya jornada ordinaria es de 6 días a la semana, haber realizado labor efectiva por lo menos 260 días en dicho periodo.
- Para los trabajadores cuya jornada ordinaria es de 5 días a la semana, haber realizado labor efectiva por lo menos 210 días en dicho periodo.
- En los casos en que se desarrolle el trabajo en sólo 4 o 3 días a la semana o se sufra paralizaciones temporales autorizadas por la Autoridad Administrativa de Trabajo, los trabajadores tendrán derecho al descanso vacacional siempre que sus faltas injustificadas no excedan de 10 días en dicho periodo.
Ref. Art. 10° del Decreto Legislativo 713

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