Reniec tendrá que inscribir el acta de matrimonio de dos mujeres celebrado en la ciudad de Rosario, Argentina.
El Cuarto Juzgado Constitucional de Lima dispuso este viernes que Reniec proceda con inscribir el acta de matrimonio entre dos personas del mismo sexo. Esto tras la demanda de una ciudadana que se casó en Argentina y quien señaló habían vulnerado sus derechos constitucionales: igualdad, no discriminación, libre desarrollo de la personalidad, entre otros.
La demandante es Karen Coronado Sotelo, quien se casó en 2019 con Irina Picco conforme al ordenamiento jurídico argentino y al poco
tiempo solicitó su inscripción ante el Consulado peruano en la ciudad de Rosario. Sin embargo, le denegaron en primera instancia administrativa su pedido, y en vía de apelación la oficina central de Reniec en Lima ratificó la denegatoria.
El Cuarto Juzgado Constitucional de Lima señaló en su resolución que no encontró motivos para desconocer el vínculo familiar entre parejas del mismo sexo que puedan establecer por medio de relaciones afectivas con ánimo de permanencia y que buscan proyectos y una vida juntos.
" A juicio de este Tribunal, no es su rol distinguir la valía que tiene un vínculo familiar respecto de otro. No obstante, esta Corte estima que sí es obligación de los Estados reconocer estos vínculos familiares y protegerlos de acuerdo a la Convención", señalan.
Por otro lado, la corte enfatiza que esta sentencia constitucional no está creando o reconociendo un nuevo ámbito, ya que el derecho a la igualdad existe tanto a nivel nacional como internacional.
"Reconocer como iguales a las personas LGBTI+ mediante la interpretación que hace la CIDH no significa bajo ninguna circunstancia generar una ´ideologización del sistema interamericano de derechos humanos´. En realidad, la posición jurídica que niega el reconocimiento del matrimonio igualitario solo refleja la imposición de su propia ideología, la misma que pretende continuar con la
vigencia de una norma del legislador ordinario a espaldas de los valores globales de igualdad. Esta posición representa un desconocimiento y desprecio por el sistema interamericano de derechos humanos del cual el Perú es parte", se lee en el documento.
Justificación del Reniec
El Reniec había argumentado ante el Poder Judicial su posición en contra señalando que la pretensión de la demandante no cuenta con sustento constitucional ni legal para ser amparada, pues está expresamente prohibido el acto que pretende le sea reconocido.
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