Según datos del Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público, las principales causas de los accidentes de tránsito son el exceso de velocidad, el estado de ebriedad de los conductores y la imprudencia de los peatones.
Según datos del Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público, las principales causas de los accidentes de tránsito son el exceso de velocidad, el estado de ebriedad de los conductores y la imprudencia de los peatones, informó la fiscal provincial penal, Galinka Meza Salas
Frente ese panorama, en los últimos años los operativos de prevención llevadas a cabo por las Fiscalías de Prevención del Delito para evitar los accidentes de tránsito se han incrementado notablemente, explicó.
De acuerdo al Observatorio de Criminalidad, el 2011 se incrementaron en 12% los operativos de prevención en comparación al 2010; mientras que el 2012 las diligencias preventivas crecieron en 17% en comparación al 2011.
En el programa de televisión Los Fiscales, la magistrada indicó que con el fin de sancionar en corto tiempo a los responsables de los delitos derivados de los accidentes de tránsito se creó, a través de la Ley No 29391, los Juzgados de Tránsito y Seguridad Vial.
Con este motivo es que el Ministerio Público emitió una resolución, en julio de este año, convirtiendo la 59° Fiscalía Provincial Penal de la Lima en la Fiscalía Provincial de Tránsito y Seguridad Vial, con competencia para conocer, en etapa preliminar todos los casos relacionados con accidentes de tránsito y en etapa judicial, los procesos que se vienen resolviendo en los Juzgados de Tránsito.
“A través de este Fiscalía venimos atendiendo el clamor de la ciudadanía para sancionar oportunamente a los responsables y que las víctimas puedan recibir la reparación del daño ocasionado”, remarcó Meza Salas.
Principio de oportunidad
La fiscal Galinka Meza Salas refirió que el principio de oportunidad se aplicará dependiendo del caso, y que se tomará en cuenta los cambios realizados a la Ley No. 30076, que modifica el artículo 2 del Código Procesal Penal.
“Está señala que ya no se podrá otorgar el principio de oportunidad a los reincidentes habituales que incurran en delitos de tránsito”, dijo.
Explicó que el principio de oportunidad es un mecanismo por el que las partes puedan llegar a una conciliación e, incluso, puede llevar al fiscal de abstenerse de la acción penal.
"Otras de las acciones legales que se viene aplicando es la prisión preventiva, a solicitud del Ministerio Público", subrayó.
“En los delitos de homicidio y lesiones agravadas, la norma establece penas combinadas entre 4 y 8 años de prisión. En virtud de ello se puede solicitar la prisión preventiva ante el Poder Judicial en contra de los responsables que incurran en delitos de tránsito”, explicó la fiscal.
Finalmente, Meza Salas anotó que un proceso penal por accidentes de tránsito podría tomar unos cuatro meses en promedio.
“Exhorto a los conductores de unidades privadas y públicas y a los peatones a usar con responsabilidad las vías públicas para evitar muertes. Eviten conducir en estado de ebriedad”, sentenció.
ANDINA
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