Juan Fernando Ruelas Nora relató a RPP cómo la Junta de Propietarios de su edificio prohibió que utilizara el ascensor para trasladar a su mascota Chira desde el piso 16 y cómo el Tribunal Constitucional falló a favor de su demanda de amparo.
Juan Fernando Ruelas Noa, quien obtuvo un fallo a favor del Tribunal Constitucional para transportar a su mascota por el ascensor del edificio donde vive, calificó este viernes el hecho como una "sentencia histórica en el Perú".
En entrevista con RPP, el dueño de la perrita Chira calificó de "absurda" la norma de la Junta de Propietarios del edificio, ubicado en Magdalena del Mar, que prohibía el uso del ascensor para trasladar a mascotas y S/ 30 soles de multa para quienes infrinjan el reglamento.
"Imagínese desde el piso 16 trasladar a un ser vivo es desconsiderado e inhumano", dijo Ruelas Noa. "Han pasado más de tres años para que podamos tener una sentencia histórica en el Perú, que simboliza una evolución y respeto al prójimo y a la felicidad de los demás", resaltó.
¿Cómo fue el proceso?
Ruelas Noa afirmó que cuando se agotó la vía diplomática con la Junta de Propietarios, que consistió en cartas y la votación en una asamblea, se vio obligado junto a su esposa a acudir al Poder Judicial en mayo del 2012.
Sin embargo, en primera instancia su demanda no prosperó y una apelación tampoco les fue favorable. Por lo que decidieron presentar un recurso de agravio constitucional ante el Tribunal Constitucional que el 9 de julio emitió una sentencia "razonable" y de sentido común.
El Tribunal Constitución advirtió en su resolución que resulta innecesaria la prohibición absoluta de mascotas o la prohibición del uso de los ascensores para transportarlas.
Además, indica que las juntas de propietarios podrían convenir medidas alternativas a la prohibición, menos gravosas, como fijar horarios para el uso de los ascensores en compañía de mascotas e instaurar medidas de seguridad para su transporte como la utilización de correas, bozales o maletas portátiles.
¿Cuál era el argumento?
Ruelas Noa señaló que la Junta de Propietarios del edificio argumentó como parte de su prohibición que el pelaje de su perra Chira ocasionaba desperfectos en el ascensor. Incluso la restricción alcanzó a un gato que adoptó junto a su esposa.
"El argumento era que el pelo del perro malogra el ascensor. Nos pareció técnicamente no válido. Incluso consultamos a una empresa de ascensores y nos entregaron un documento técnico que decía que no había manera que el pelo del perro malogre el ascensor", relató el dueño de la perrita de seis años, que sufre una lesión articular en su columna.
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