Un decreto legislativo, publicado este viernes, modifica Código Penal para fortalecer lucha contra el feminicidio, violencia familiar y de género.
El Poder Ejecutivo emitió este jueves un Decreto Legislativo que fortalece la lucha contra el feminicidio, la violencia familiar y violencia de género. Fija como agravantes de dichos delitos la intolerancia por, orientación sexual, idioma, religión, entre otros.
Si un feminicidio se comete en presencia de los hijos de la víctima o de niños, niñas o adolescentes que se encuentren bajo su cuidado, también será considerado como agravante de delito.
Otros casos. Asimismo, se incluye en las lesiones graves la afectación sicológica generada por el agresor al obligar a otro a presenciar cualquier modalidad de homicidio, lesión o violación sexual.
El nivel de daño psíquico es determinado a través de examen pericial, con la siguiente equivalencia:
- Falta de lesiones leves: nivel leve de daño psíquico.
- Lesiones leves: nivel moderado de daño psíquico.
- Lesiones graves: nivel grave o muy grave de daño psíquico.
Las opiniones. Rosa Mavila, adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo, dijo que esta normativa es un avance y espera que los policías y los jueces cumplan su rol en la ejecución de las leyes.
“Los mecanismos que deben llevar a la practica el cumplimiento de las normas no se controlan debidamente. Por ejemplo, el maltrato. Ya se ha creado nuevo tipo penal. Cuando la mujer agredida tiene una incapacidad para el trabajo definida por el médico legista de menos de 10 días. Antes esa conducta era impune, ahora es un delito autónomo”, dijo en Conexión de RPP Noticias.
“La norma baila bien. El tema es que se baile. Que haya investigación policial adecuada, que la conducta no quede impune. Que no haya sobornos en ámbitos policiales, que la judicatura no se ablande”, estimó. También dijo que para las personas LGTB por fin se ha incorporado una recomendación de la Defensoría que venía de años atrás.
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