La Sala Penal Especial de la Corte Suprema desestimó la apelación presentada por la defensa legal del suspendido fiscal supremo adjunto, Sandro Paredes, para que se revoque la decisión del juez supremo Hugo Núñez Julca.
El Poder Judicial confirmó el fallo que declaró infundado el pedido que presentó el suspendido fiscal supremo adjunto Sandro Paredes para que se archive el delito de tráfico de influencias por el cual viene siendo investigado a raíz de una supuesta vinculación con el gobernador regional del Callao, Dante Mandriotti, y la organización criminal 'Los Malditos de Angamos'.
La Sala Penal Especial de la Corte Suprema desestimó la apelación presentada por la defensa legal del suspendido magistrado para que se revoque la decisión del juez supremo Hugo Núñez Julca, quien rechazó un recurso de excepción de improcedencia de acción que había interpuesto para no seguir siendo investigado por el mencionado delito.
La defensa legal del suspendido magistrado cuestionó el fallo del juez Núñez Julca al sostener que no estaba debidamente motivado y que los hechos que le atribuye la Fiscalía Suprema no constituyen el delito de tráfico de influencias que se le imputa en este caso.
No obstante, el Tribunal Supremo resolvió que en un medio de defensa como la excepción de improcedencia de acción no se puede amparar agravios relacionados con la suficiencia de los elementos de convicción recabados por la fiscalía, más aún, si este hecho tiene conexión con otras imputaciones fáctico-jurídicas que continúan en investigación.
El suspendido fiscal supremo adjunto también es investigado por el presunto delito de patrocinio ilegal dentro de este caso.
La Fiscalia Suprema investiga al suspendido magistrado por supuestamente haber ofrecido a Dante Mandriotti interceder en favor de dos personas que habían sido puestas a disposición de la Fiscalía del Callao a cambio de que su menor hijo permanezca en el club deportivo Academia Cantolao, que es propiedad del actual Gobernador Regional del Primer Puerto.
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