MIMP señaló que fallo de la Corte Suprema marca "un precedente de impunidad" ante casos de trata de personas, explotación sexual y laboral de niñas, niños y adolescentes.
El Ministerio de la Mujer (MIMP) calificó de “peligroso precedente” el fallo emitido por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia, presidida por Javier Villa Stein, que ratificó la absolución de la administradora de un bar acusada de trata de personas en Madre de Dios.
Caso. La dueña del local, Elsa Cjuno Huillca, fue procesada por llevar a una menor de 14 años desde Tambopata hasta Manuani, en Mazuko. Allí trabajó como dama de compañía por más de doce horas al día y fue obligada a beber licor, durante toda la semana.
Pésimo precedente. Según el MIMP, los argumentos para exculpar a la procesada establecen un precedente nocivo al exigir como condición para acusar a la tratante a que ésta haya hecho explícita esa voluntad a la víctima. "Como es lógico, ningún tratante advertirá a su víctima sobre sus intenciones, por lo que esa exigencia no razonable del fallo relativiza el delito. Es un precedente de impunidad en hechos similares y posteriores en los cuales los y las tratantes no tendrían ningún tipo de sanción, desprotegiendo así a las niñas, niños y adolescentes de nuestro país", refiere la entidad.
Razones. De acuerdo a la Sala que presidente Javier Villa Stein, la cantidad de horas que Cjuno Huillca hizo trabajar a la menor son excesivas pero no se puede considerar como explotación porque no hubo agotamiento de la menor.
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