Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
RPP Data
El presupuesto en salud aumenta desde hace más de 20 años, pero: ¿por qué no mejora la atención?
EP 238 • 03:07
Reflexiones del evangelio
Jueves 21 de noviembre | "Jesús, al ver la ciudad, le dijo, llorando: ¡Si al menos tú comprendieras en este día lo que conduce a la paz!"
EP 823 • 12:13
Entrevistas ADN
Gobierno dice que hace estudio sobre tipos de informalidad en el país
EP 1752 • 21:40

¿Por qué el agresor de la empadronadora solo podrá recibir una pena máxima de 8 años?

El agresor solo podrá recibir una pena máxima de ocho años según el Código Penal. | Fuente: RPP Noticias.

La ministra de la Mujer, Ana María Choquehuanca, pidió para Marco Antonio Luza una pena de 25 años. Sin embargo, el acto no cumple con los requisitos para ello según el Código Penal.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

Se encontraba realizando su labor cívica y terminó ultrajada. Marco Antonio Luza Segundo de 45 años de edad es el principal sospechoso. El agresor ya se encuentra en la comisaría de Villa el Salvador, distrito en donde cometió la violación. La ministra de la Mujer, Ana María Choquehuanca, pidió para el sujeto una pena de 25 años de cárcel.

“Lo que nosotros queremos es la prisión preventiva y una pena de 25 años”, dijo la ministra la mañana del lunes. Sin embargo, en el artículo 173 del Código Penal, indica que solo el agresor recibirá esta pena si es que comete un delito de agresión sexual a menores de edad. La víctima tenía 37 años y según Marcos Cerna, presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, sería una “anomalía” que Luza termine recibiendo una pena de 25 años prisión.

“Lo que correspondería es una sentencia de prisión entre 12 y 18 años, siempre y cuando se determine como agravante los puntos que menciona el Código Penal”, dijo para RPP Noticias

¿Cuáles son estos agravantes?

1. Si la violación es cometida a mano armada por dos o más sujetos.

2. Si la persona que comete el acto está en posición de poder sobre la víctima o tiene relación de parentesco (conyugue conviviente de este, descendiente o hermano, por naturaleza o adopción o afines de la víctima), tiene una relación proveniente de un contrato de locación de servicios relación laboral o si la víctima le presta servicios como trabajador del hogar.

3. Si fuere cometido por personal perteneciente a las Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, Serenazgo, Policía Municipal o vigilancia privada, en ejercicio de su función pública.

4. Si el autor tuviera conocimiento de ser portador de una enfermedad de transmisión sexual grave.

5. Si es docente o auxiliar de educación del centro educativo donde estudia la víctima.

6. Si la víctima tiene entre 14 y 18 años de edad.

“Ninguno de estos agravantes tipifica como el que le ocurrió a la empadronadora agredida”, explicó Cerna. Por ende, los años que se le asigna como pena es de 6 a 8 años, según el Código Penal. “Quien obliga a tener acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza otros actos análogos”, dicta la norma.  

La ministra de la Mujer, en conversación con RPP Noticias, dijo que lucharán para que el agresor tenga una pena de 25 años. | Fuente: RPP Noticias

Tags

Lo último en Judiciales

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA