En su resolución, el juez Wilson Verástegui indicó que el computo de la pena contra Telmo Hurtado fue reformado en febrero de 2025 y se estableció que su condena sería de 23 años, por lo que vencería definitivamente el 6 de febrero de 2026. Ello al no existir otros mandatos de detención vigente sin condena firme contra el exjefe militar.
El Poder Judicial ordenó la inmediata excarcelación del exjefe militar Telmo Hurtado por haber cumplido la condena de 23 años de prisión que se le impuso por la muerte de 69 comuneros de la localidad ayacuchana de Accomarca ocurrida el 14 de agosto de 1985.
El juez Wilson Verastegui adoptó esta medida al dar respuesta a un oficio que le remitió la Subdirección de Registro Penitenciario del INPE en el que le solicitaba, con carácter de muy urgente, que se aclare cuál era la situación jurídica de los agraviados Severino Baldeón Palacios y Filomeno Chuchon Tecsi, respecto a los delitos de secuestro y desaparición forzada imputados al sentenciado Telmo Hurtado, tras advertir una incongruencia entre el mandato de detención inicial y la sentencia final del caso Accomarca.
Según el INPE, con fecha 31 de mayo de 2005 se dispuso la inscripción de un mandato de detención contra Telmo Hurtado por los delitos de secuestro y Desaparición forzada en agravio de Severino Baldeón Palacios y Filomeno Chuchon Tecsi. No obstante, en la sentencia condenatoria de fecha 31 de agosto de 2016 y sus posteriores ejecutorias, no se advierte un pronunciamiento condenatorio por dichos tipos penales respecto a los citados agraviados.
Reformulación del computo de la pena
Tras realizar una revisión minuciosa de la sentencia que emitió la Sala Penal Nacional el 31 de agosto del 2016 por el caso Accomarca, el magistrado precisó que Telmo Hurtado fue condenado como autor del delito de asesinato en agravio de Juliana Baldeón García y otros (69 personas identificadas) imponiéndosele una pena de 23 años de privación de la libertad. Se le condenó específicamente como autor material del delito de asesinato en agravio de Filomeno Chuchon Tecsi.
El juez Wilson Verastegui también indica en su resolución emitida el último 6 de febrero, a la que tuvo acceso RPP, que mediante resoluciones de fecha 12 y 24 de febrero del 2025, el colegiado reformó el extremo del cómputo de la pena, estableciendo que la condena de 23 años impuesta a Telmo Hurtado vencerá definitivamente el 6 de febrero del 2026, "al no existir mandato de detención vigente ni condena firme por los delitos de secuestro y desaparición forzada en agravio de Severino Baldeón Palacios, dichos cargos deben considerarse como no subsistentes para efectos de la libertad del interno al cumplimiento de su pena por asesinato", preciso el magistrado.
En ese sentido, el juez Wilson Verastegui aclaró a dicha entidad penitenciaria que el interno Telmo Hurtado ha sido condenado únicamente por el delito de asesinato a una pena de 23 años de prisión que vence el 6 de febrero del 2026 y que el mandato de detención derivado de la resolución o auto de apertura de instrucción del 31 de mayo del 2005, en los extremos de secuestro y desaparición forzada, ha sido desplazado por la sentencia definitiva por lo que "no debe figurar" como cargo pendiente para dicho sentenciado en agravio de Severino Baldeón Palacios o Filomeno Chuchon Tecsi.
Por ello, el magistrado ordenó a la oficina de Registro Penitenciario del INPE, a fin de que se disponga la inmediata excarcelación del interno Telmo Hurtado del Penal Miguel Castro Castro, ubicado en el distrito limeño de San Juan de Lurigancho, "siempre y cuando no cuente y/o registre orden de detención, mandato de prisión preventiva y/o condena con pena privativa de la libertad efectiva en su contra, emanado por la autoridad competente”.