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Actividades permitidas se podrán realizar solo hasta las 6:00 p.m. en regiones con nivel de alerta extremo

La inmovilización social obligatoria regirá desde el domingo 31 de enero.
La inmovilización social obligatoria regirá desde el domingo 31 de enero. | Fuente: Andina

El Decreto Supremo publicado este miércoles indica que la salida para el desarrollo de actividades autorizadas, así como la salida peatonal durante una hora como máximo a día, solo se podrán realizar entre las 06.00 a.m. y 6:00 p.m.

El presidente Francisco Sagasti anunció la noche del martes el ingreso a cuarentena total de diez regiones del Perú desde el 31 de enero al 14 de febrero, por los niveles extremos de contagio, hospitalizaciones y muertes por la COVID-19.

El mandatario informó que las regiones en nivel de alerta extremo son: Lima Metropolitana y Lima provincias, Callao, Ancash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac.

Según el decreto supremo de esta medida publicada la madrugada de este miércoles, en estas regiones la inmovilización social obligatoria se acatará durante todo el día.

Además, actividades permitidas como el abastecimiento de productos de primera necesidad en supermercados, mercados itinerantes, bodegas, farmacias, así como los pedidos de delivery solo se podrán realizar hasta las 6:00 p.m. El mismo horario de cierre rige para bancos y otras entidades financieras. En todos estos establecimientos, el aforo máximo permitido será del 40%. 

Asimismo, la salida para el desarrollo de actividades autorizadas, así como la salida peatonal durante una hora como máximo a lugares cercanos al domicilio, solo se podrán realizar entre las 06.00 a.m. y 6:00 p.m.

Sanciones

El decreto supremo establece que durante la inmovilización social obligatoria, "las personas que incumplan las medidas sanitarias y las establecidas en virtud al Estado de Emergencia Nacional, serán intervenidas y conducidas por la Policía Nacional del Perú y/o por las Fuerzas Armadas, a los centros de retención temporal". 

Los infractores no pueden permanecer en estos centros por más de cuatro horas, precisa la norma. Y en caso incumplan el pago de multas por las infracciones cometidas "estarán impedidos de realizar cualquier trámite ante cualquier entidad del Estado; así como, de ser beneficiarios de cualquier programa estatal de apoyo económico, alimentario y sanitario".

La norma recuerda que quedan suspendidos los desfiles, fiestas patronales y actividades civiles, así como todo tipo de reunión, evento social, político, cultural u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas.

"Asimismo, las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia de la COVID-19”, dice el decreto. 

Restricciones en otras regiones 

Otras nueve regiones del país, Tumbes, Amazonas, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Puno, Arequipa, Moquegua y Tacna, están en un nivel muy alto de contagios y sólo tendrán acceso a las tiendas con un aforo de 20 %, restaurantes al aire libre con aforo de 30 % y transporte interprovincial terrestre con aforo del 50 %.

El transporte aéreo continuará en formal normal y el toque de queda será desde las 20.00 horas hasta las 04.00 horas del día siguiente, además los fines de semana se restringe el uso de los autos particulares.

En las restantes seis regiones del país el nivel de riesgo es alto y el toque de queda empezará a las 21.00 horas, pero es permitido el transporte inteprovincial.

"No tenemos regiones en situación moderada, lo que indica la gravedad de la pandemia que estamos enfrentando", dijo Sagasti desde uno de los ambientes de Palacio de Gobierno.

El jefe de Estado añadió que se mantendrán las restricciones para los vuelos internacionales procedentes de Europa y se incluirá a Brasil.

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