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Ataques sexuales en transporte público: Qué hacer si eres víctima o testigo de estos hechos

El MTC informó que el 2022, solo 54 mujeres denunciaron a agresores en el Metropolitano
El MTC informó que el 2022, solo 54 mujeres denunciaron a agresores en el Metropolitano | Fuente: Andina

El último viernes, una mujer se convirtió en una víctima más de acoso sexual dentro del Metropolitano. Valeria Obispo, especialista del MTC, explica cuál es el protocolo para actuar antes estos casos

Actualidad

El MTC informó que el 2022, solo 54 mujeres denunciaron a agresores en el Metropolitano

La tarde del último viernes, una mujer fue víctima de tocamientos indebidos dentro del Metropolitano. Un sujeto de 42 años, identificado como Gregory Vladimir Amonir Arrascue, se acercó a ella hasta rozarla sexualmente y le mostró sus partes íntimas.

El agresor, que en todo momento negó los hechos, fue capturado con ayuda de los mismos pasajeros y conducido a la Comisaría de Alfonso Ugarte, donde su víctima procedió a formalizar la denuncia.

Sin embargo, no todas estas situaciones terminan en manos de las autoridades respectivas. Según datos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), el año pasado, solo 54 mujeres denunciaron actos de hostigamiento sexual en el Metropolitano, pese a que se trasladaron más de 114 millones 701 mil pasajeros.

Ante ello, Valeria Obispo, especialista de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial del MTC, en diálogo con RPP Noticias, explicó cuál es el protocolo para denunciar estos hechos. 

"Tanto víctimas como testigos pueden denunciar"

Valeria Obispo explicó que ante una situación de acoso sexual, tanto la víctima como los testigos del hecho pueden "activar el protocolo" respectivo.

"Es importante activar este protocolo, no solo con la denuncia de la víctima sino también con la denuncia del testigo. Como vimos en este último episodio lamentable, la participación ciudadana fue importante. Exhorto a la ciudadanía a no ser indiferente", indicó. 

El procedimiento para denunciar agresiones sexuales en transporte público indica que la víctima debe alertar inmediatamente de la agresión al chofer y/o cobrador de la unidad.

"Si somos víctimas o testigos de actos de acoso sexual lo que se debe hacer, de manera inmediata, es informar al conductor, al cobrador o a algún miembro de la tripulación de lo que está sucediendo para que puedan resguardar a la víctima", explicó.

"Con ello, se puede mantener en custodia al agresor, aprehenderlo y, de manera inmediata, llamar al 105, número de la Policía Nacional, para informar de lo que está ocurriendo", agregó.

Así mismo, la funcionaria indicó que "si en el camino hacia la comisaría hay un agente policial, este puede detener al agresor o también se puede informar a algún fiscalizador de la ATU o Serenazgo".

En caso de agresión sexual, la víctima debe informar al chofer de la unidad
En caso de agresión sexual, la víctima debe informar al chofer de la unidad | Fuente: Andina

¿Qué pasa si el chofer o el cobrador no hacen caso?

Valeria Obispo indicó que, si el chofer o el cobrador de la unidad hacen caso omiso a la denuncia, estos pueden recibir sanciones

"Si el conductor hace caso omiso a la denuncia, se debe informar a las autoridades de lo ocurrido. Es importante tomar nota de la placa o identificar al conductor", señaló.

"Se hacen las consultas a las autoridades de transporte y se le puede abrir un proceso sancionador. Se le retiene la licencia de conducir y estará sujeto a un procedimiento que podría concluir en la inhabilitación para prestar el servicio por un periodo de 60 días", sostuvo.

Pero no solamente el chofer puede ser objeto de sanción, sino también el cobrador de la unidad.

"También debemos notificar la omisión del cobrador porque, al momento de hacer caso omiso, se hace partícipe del delito. Se podría presentar la denuncia señalando en el contexto quiénes participaron y quiénes no. Recordemos que la omisión también es un delito", explicó.

Respecto a las sanciones para los agresores, la funcionaria del MTC refirió que pueden purgar prisión efectiva.

"Al momento de presenciar estos actos, se debe informar a la autoridad o formular la denuncia ante la comisaría y se inicia el proceso penal que corresponde al agresor. Recordemos que la sanción puede ser más de dos años de pena privativa de la libertad", indicó.

Asimismo, Obispo refirió que en provincias donde no existen ordenanzas municipales frente a estos actos, se procede con los criterios que establece el Código Penal.

"En estos casos, se aplica lo que establece el Código Penal, porque el acoso sexual es un delito. El Código Penal establece los conocimientos y las sanciones correspondientes", refirió.

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