La resolución judicial emitida por el 17º Juzgado Penal de Lima señala que la medida regirá mientras dure el proceso de extradición solicitado por la justicia de Israel.
El 17 Juzgado Penal de la Corte de Lima dispuso el arresto domiciliario del ex juez israelí, Dan Gabriel Cohen, mientras dura el proceso de extradición requerido por el Juzgado del Tribunal del distrito de Tel Aviv, Israel, por supuestos actos de corrupción.
La resolución judicial responde a la demanda constitucional de hábeas corpus que los abogados de Cohen interpusieron contra la resolución judicial que aprobó la extradición del mencionado personaje, la misma que se encuentra en el Ministerio de Justicia para su evaluación.
Luego de evaluar la referida demanda, el juez Alfonzo Payano Barona determinó que la resolución de extradición afectó el debido proceso y tutela procesal efectiva, por lo que ésta debe ser enmendada.
Se argumenta, en primer lugar, que entre Perú e Israel no existe tratado de extradición y que el Principio de Reciprocidad invocado, procede excepcionalmente sólo cuando es autorizado por el propio Ministro de Justicia. El requerimiento, sin embargo, fue aprobado por un funcionario de menor rango.
Se señala, asimismo, que la mencionada solicitud no cumplió con adjuntar la traducción oficial de la Ley de Extradición del Estado de Israel, como lo exige el artículo 518 del Código Procesal Penal.
Para evitar que Dan Cohen pueda eludir la acción de la justicia y teniendo en cuenta la naturaleza de los cargos que la justicia israelí le imputa, el juez Payano Barona dictó la orden de arresto domiciliario, mientras se subsanan las observaciones señaladas en su resolución.
La resolución judicial responde a la demanda constitucional de hábeas corpus que los abogados de Cohen interpusieron contra la resolución judicial que aprobó la extradición del mencionado personaje, la misma que se encuentra en el Ministerio de Justicia para su evaluación.
Luego de evaluar la referida demanda, el juez Alfonzo Payano Barona determinó que la resolución de extradición afectó el debido proceso y tutela procesal efectiva, por lo que ésta debe ser enmendada.
Se argumenta, en primer lugar, que entre Perú e Israel no existe tratado de extradición y que el Principio de Reciprocidad invocado, procede excepcionalmente sólo cuando es autorizado por el propio Ministro de Justicia. El requerimiento, sin embargo, fue aprobado por un funcionario de menor rango.
Se señala, asimismo, que la mencionada solicitud no cumplió con adjuntar la traducción oficial de la Ley de Extradición del Estado de Israel, como lo exige el artículo 518 del Código Procesal Penal.
Para evitar que Dan Cohen pueda eludir la acción de la justicia y teniendo en cuenta la naturaleza de los cargos que la justicia israelí le imputa, el juez Payano Barona dictó la orden de arresto domiciliario, mientras se subsanan las observaciones señaladas en su resolución.
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