Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Desde el sábado puerto de Chancay comenzará a operar carga, anunció gerente general adjunto del concesionario
EP 1748 • 08:36
El Club de la Green Card
¿Quiénes pueden recibir la pensión de un familiar fallecido en EE.UU.?
EP 124 • 01:30
RPP Data
¿Qué hacer para que Lima Metropolitana no siga creciendo de forma desordenada?
EP 237 • 02:58

El Gobierno declara en emergencia sanitaria a 15 regiones por brote de dengue

El principal responsable de la trasmisión del dengue es el mosquito Aedes aegypti.
El principal responsable de la trasmisión del dengue es el mosquito Aedes aegypti. | Fuente: Andina

El decreto supremo emitido por el Ejecutivo precisa que la declaratoria de emergencia sanitaria estará vigente por 90 días calendario.

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Gobierno declaró en emergencia sanitaria por brote y riesgo inminente de brote por dengue en 51 distritos priorizados de los departamentos de Piura, San Martín, Loreto, Huánuco, Junín, Cajamarca, Cusco, Madre de Dios, Ayacucho, Lima, Amazonas, Ucayali, Pasco, Tumbes e Ica.

Así lo dispone el Decreto Supremo N° 029-2021-SA publicado en la separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano. La norma precisa que la declaratoria de emergencia sanitaria estará vigente por 90 días calendario.

En los considerandos del Decreto Supremo se incorpora el informe elaborado por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública del Minsa que precisa que en las citadas regiones se han reportado 23,702 casos de dengue, cifra que representa el 67.7 % del total de casos a escala nacional.

Subraya que en comparación al total de casos reportados el año pasado para el mismo número de localidades en el mismo periodo, se tiene un incremento de 113.9 % de casos registrados.

CASOS REGISTRADOS

La medida cuenta también con la opinión favorable del Centro Nacional de Epidemiologia, Prevención y Control de Enfermedades del Minsa que presentó un informe sobre la situación de dengue en el Perú. Semana 30-2021. Precisa que hasta la referida semana epidemiológica se registraron 35,021 casos de dengue, presentando un incremento del 42.6 % comparado al mismo periodo del año 2020.

Agregó que los departamentos de Piura, Ica, San Martín, Loreto, Huánuco, Junín, Ucayali, Cajamarca, Amazonas y Madre de Dios acumulan el 82.2 % de casos a escala nacional, siendo la tasa de incidencia acumulada en todo el país de 106.03 por 100,000 habitantes, evidenciándose en 12 departamentos un aumento de casos, siendo Huánuco el departamento con mayor incremento en comparación al año anterior.

La norma agrega que corresponde al Ministerio de Salud, al Instituto Nacional de Salud, a las Direcciones y Gerencias Regionales de Salud de Madre de Dios, Loreto, San Martín, Piura, Huánuco, Junín, Ucayali, Cajamarca, Ayacucho, Cusco, Amazonas, Ica, Pasco y Tumbes; así como la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Este, realizar las acciones inmediatas desarrolladas en el Plan de Acción en el marco de lo dispuesto por el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1156, que dicta medidas destinadas a garantizar el servicio público de salud en los casos que exista un riesgo elevado o daño a la salud y la vida de las poblaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2014-SA.

Subraya, además, que las contrataciones que se realicen al amparo de la presente norma deben destinarse exclusivamente para los fines que establece la misma, bajo responsabilidad. Agrega que los saldos de los recursos resultantes de la contratación de bienes y servicios establecidos pueden ser utilizados dentro del plazo de declaratoria de emergencia señalado en el artículo 1 para contratar los bienes y servicios del mismo listado, siempre y cuando no se hayan podido completar las cantidades requeridas.

Refiere, asimismo, que concluida la declaratoria de emergencia sanitaria, las entidades intervinientes establecidas en la presente norma deben informar respecto de las actividades y recursos ejecutados en el marco del Plan de Acción al que se hace mención en el referido artículo del presente Decreto Supremo, así como sobre los resultados alcanzados, en el marco de lo dispuesto por los artículos 24 y siguientes del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1156.

Por último, precisa que la implementación de lo establecido en el presente Decreto Supremo se financia con cargo a los recursos del presupuesto institucional de los pliegos involucrados. La norma lleva la firma del presidente de la República, Pedro Castillo Terrones, y la rúbrica del ministro de Salud, Hernando Cevallos Flores.

(Andina)

Newsletter Todo sobre el coronavirus

La COVID-19 ha puesto en alerta a todos. Suscríbete a nuestro newsletter Todo sobre el coronavirus, donde encontrarás los datos diarios más relevantes del país y del mundo sobre el avance del virus y la lucha contra su propagación.

Nuestros podcast

Espacio Vital | La Sociedad Peruana de Medicina Intensiva (SOPEMI) advirtió que el 90% de las personas que llegan a UCI por coronavirus no habían recibido ninguna dosis de la vacuna contra la COVID-19. El Dr. Elmer Huerta nos brinda más detalles y explica por qué es tan importante ser vacunados.


Tags

Lo último en Actualidad

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA