El decreto supremo establece para los mayores de 18 años la obligatoriedad de presentar el carné de vacunación contra la COVID-19 para ingresar a locales donde se desarrollan actividades económicas y de culto.
El Gobierno publicó la noche del jueves un decreto supremo que dispone la obligación de presentar el carné de vacunación contra la COVID-19 físico o virtual en espacios cerrados desde el viernes 10 de diciembre.
El Decreto Supremo N° 179-2021-PCM, publicado en la Edición Extraordinaria de las Normas Legales de El Peruano, señala que la medida alcanza a las personas mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan actividades económicas y de culto.
"A partir del 10 de diciembre de 2021, en los cuatro niveles de alerta, los mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan las actividades económicas y de culto que se brindan en los espacios cerrados (...) tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la COVID-19", se lee en el documento.
Agrega que los asistentes a estos espacios cerrados deberán usar mascarilla de manera permanente. Para el caso de restaurantes o similares, los tapabocas pueden ser retirados sólo al momento de ingerir los alimentos, recuerda.
Espacios en donde regirá obligatoriedad
Los espacios cerrados considerados en la norma, así como sus porcentajes de aforo, son los siguientes:
(Andina)
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