Desde el Indecopi indicaron que esta medida se da por una negativa de la empresa del grupo Odebrecht de entregar información a la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia que realizaba una investigación por el caso ‘Club de la construcción’.
La Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó con una multa de 867 UIT (unidades impositivas tributarias), equivalente a S/ 4 291 650, a una empresa del grupo Odebrecht por negarse a brindar información.
Se trata de la empresa CNO S.A. Sucursal Perú empresa del grupo Odebrecht que rechazó entregar información a la Dirección Nacional de Investigación y Promoción de la Libre Competencia en su investigación por conductas anticompetitivas en el sector construcción.
Según informaron desde el Indecopi, desde 2017 dicha Dirección realizó diversas actividades de fiscalización sobre el mercado de obras públicas de infraestructura, como parte de su investigación por el denominado 'Cártel de la Construcción'. Entre esas acciones se inspeccionó a diversas empresas entre las cuales estaba CNO Sucursal Perú (antes Constructora Norberto Odebrecht S.A. Sucursal Perú).
Señalaron también que, pese a tener facultades expresamente reconocidas en el marco legal y haber cumplido con informarle por escrito acerca de los derechos y obligaciones que le asistían en el marco de la inspección, la empresa manifestó que no brindarían ningún tipo de información y se negaron a cumplir con los pedidos realizados por los inspectores e impidieron la visita de inspección.
En ese momento desde la empresa alegaron que, debido a un compromiso de colaboración con la Fiscalía estaba impedida de proporcionar la información requerida por la Dirección. Sin embargo, la Fiscalía comunicó que el compromiso de colaboración no imposibilitaba a la empresa a dar información cuando fuera requerida formalmente por una entidad en el ejercicio de sus competencias.
Decisión de primera instancia
Al respecto, el director de Investigación y Promoción de la Libre Competencia de Indecopi, Jesús Espinoza, indicó en RPP Noticias que esta decisión fue dada en primera instancia y puede ser apelada por la empresa ante el tribunal del Indecopi. Según precisó, la empresa tiene hasta 15 días hábiles para apelar.
“Es una decisión que puede ser apelada es una decisión de la comisión de libre competencia que es la primera instancia en Indecopi y puede ser apelada ante el tribunal del Indecopi. La empresa ahora está en el plazo de apelación que es de 15 días hábiles. Veremos si la empresa consciente la decisión o si por el contrario apela a la misma”, indicó.
Sostuvo también que las empresas deben que tener claro que no pueden “entorpecer ni obstruir” las funciones que cumple Indecopi. En ese sentido, dijo que en este caso CON Sucursal Perú es la única empresa que se negó a entregar información en el marco de la investigación que se realiza por el caso Club de la Construcción.
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