Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Entrevistas ADN
Desde el sábado puerto de Chancay comenzará a operar carga, anunció gerente general adjunto del concesionario
EP 1748 • 08:36
El Club de la Green Card
¿Quiénes pueden recibir la pensión de un familiar fallecido en EE.UU.?
EP 124 • 01:30
RPP Data
¿Qué hacer para que Lima Metropolitana no siga creciendo de forma desordenada?
EP 237 • 02:58

MTC: Scooters y monociclos eléctricos están prohibidos de circular en una vía expresa

El MTC reiteró las normas que rigen el uso de estos vehículos en la vía pública
El MTC reiteró las normas que rigen el uso de estos vehículos en la vía pública | Fuente: Andina

El MTC informó que los usuarios de dichos vehículos menores pueden ser objeto de multas que van desde los S/92 hasta los S/352, conforme dispone el Reglamento de Circulación para Vehículos de Movilidad Personal

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) informó hoy que conducir un vehículo de movilidad personal, como scooters y monociclos eléctricos, en lugares no permitidos, como una vía expresa o una vereda, se considera como una infracción y será objeto de multa.

Según refirió el sector, dicha falta se encuentra estipulada en el Reglamento de Circulación para Vehículos de Movilidad Personal y se sanciona con una multa equivalente al 2% de una UIT, es decir S/92.

Disposiciones

La norma señala que en caso la calzada o ciclovía se encuentre obstaculizada o bloqueada de forma tal que su tránsito resulte imposible, el conductor del scooters o monociclo debe descender del vehículo y desplazarse a pie, por la vereda, llevando su unidad.

Además, el desplazamiento con estos vehículos debe realizarse siempre por el lado derecho de la calzada o, en su defecto, por el carril más cercano a la acera.

Asimismo, el reglamento prohíbe la conducción de estos medios de transporte con la ingesta de más de 0.5 gramos por litro de alcohol en la sangre, o bajo los efectos de estupefacientes y alucinógenos. De infringir esta norma el usuario será multado con el 8 % de una UIT que equivale a S/ 352.

También hay sanciones si se circula realizando maniobras temerarias o se transita sin el equipamiento respectivo.

El reglamento establece el equipamiento básico para el conductor: utilizar el casco durante todo el trayecto y una prenda retrorreflectante para uso nocturno.

La norma señala también que, mientras el conductor esté manejando, no debe hacer uso de ningún dispositivo móvil u objeto portátil con las manos. También que el conductor tiene preferencia de paso respecto a vehículos automotores.


Tags

Lo último en Actualidad

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA