Especialista Marco Tulio Gutiérrez señaló que Indecopi ha señalado que por servicio de estacionamiento debe entenderse el uso del espacio, así como calidad e idoneidad.
El especialista en temas de derechos municipales Marco Tulio Rodríguez sostuvo que las normas establecen que los establecimientos vehiculares deben ofrecer calidad y seguridad a los clientes.
Precisó que el Instituto Nacional de Defensa del Consumidor (Indecopi) publicó esta semana en el diario oficial El Peruano esta ordenanza, que debe ser cumplida por los propietarios.
"Indecopi ha señalado que por servicio de estacionamiento debe entenderse no solo el uso del espacio en un determinado local, sino lo que es más importante, calidad e idoneidad del servicio y éste solo se refleja en el cuidado", explicó.
Saludó además la nueva Ley que regula el servicio de estacionamiento vehicular, que establece que la responsabilidad civil por la pérdida de un vehículo o sus accesorios es atribuible al titular del servicio de estacionamiento, siempre que éste sea ofrecido como servicio principal.
Gutiérrez manifestó que la norma del Indecopi conjuntamente con esta nueva ley que regula el servicio de estacionamiento vehicular, se ofrece un mayor marco de protección a favor del consumidor.
"En la medida que se asume, en el marco de la Ley de Protección al Consumidor, una responsabilidad de ser idóneo y dar un servio de calidad, y se complementa ahora con esta ley que ve el tema indemnizatorio creo que tenemos un marco de protección interesante", anotó.
Precisó que el Instituto Nacional de Defensa del Consumidor (Indecopi) publicó esta semana en el diario oficial El Peruano esta ordenanza, que debe ser cumplida por los propietarios.
"Indecopi ha señalado que por servicio de estacionamiento debe entenderse no solo el uso del espacio en un determinado local, sino lo que es más importante, calidad e idoneidad del servicio y éste solo se refleja en el cuidado", explicó.
Saludó además la nueva Ley que regula el servicio de estacionamiento vehicular, que establece que la responsabilidad civil por la pérdida de un vehículo o sus accesorios es atribuible al titular del servicio de estacionamiento, siempre que éste sea ofrecido como servicio principal.
Gutiérrez manifestó que la norma del Indecopi conjuntamente con esta nueva ley que regula el servicio de estacionamiento vehicular, se ofrece un mayor marco de protección a favor del consumidor.
"En la medida que se asume, en el marco de la Ley de Protección al Consumidor, una responsabilidad de ser idóneo y dar un servio de calidad, y se complementa ahora con esta ley que ve el tema indemnizatorio creo que tenemos un marco de protección interesante", anotó.
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