La propuesta fue analizada en la reunión de la Subcomisión Técnica creada por la III Reunión de la Mesa de Trabajo Binacional Ecuatoriana-Peruana sobre Transporte Internacional por Carretera.
Perú y Ecuador analizan habilitar la circulación de camiones de mayor peso y dimensiones establecidos por las normas de la Comunidad Andina (CAN) contenidas en el reglamento técnico de la Decisión 491, para facilitar el transporte internacional por carretera.
Fue durante reunión se cumplió en Machala-Ecuador y estuvo encabezada por el Director General de Transporte Terrestre del MTC, José Luis Castañeda Neyra y por el Sub Secretario de Transporte Terrestre y Ferroviario del Ministerio de Transporte y Obras Públicas del Ecuador Fernando Amador Arosemena.
La actual normativa de la CAN establece que las dimensiones máximas del vehículo de carga pueden tener un ancho de 2.60 metros, una altura de 4.10 metros, y una longitud de 12 metros (camión de 2 ejes) 12.20 metros (camión con 3 y 4 ejes).
En el caso de las combinaciones de tracto-camión y semi-remolque y de camión remolque, independiente del número de ejes y su distribución la longitud máxima es de 18.50 metros.
Asimismo, para el caso de las combinaciones de tracto-camión y semi-remolque en el caso de Nodrizas de Colombia, Perú y Venezuela; y, con permiso especial para Bolivia y Ecuador, establece una longitud máxima de 21 metros.
La habilitación para los camiones que superen las medidas referidas y los temas límites de pesos y dimensiones se analizaron en la reunión de la Subcomisión Técnica creada por la III Reunión de la Mesa de Trabajo Binacional Ecuatoriana-Peruana sobre Transporte Internacional por Carretera, realizada entre el 3 y 4 de septiembre de 2009 en Machala Ecuador.
En dicha reunión, se recomendó iniciar un período de prueba para la circulación de vehículos con semirremolques que superan las dimensiones establecidas en la Decisión 491, y para ello será necesario que Perú y Ecuador levanten información al respecto.
El Perú levantará la información entre el 21 de septiembre y el 5 de octubre de 2009; y Ecuador lo hará entre el 6 y el 20 de octubre de este año, y los resultados se evaluarán entre el 5 y 6 de noviembre de 2009.
También se recomendó habilitar los vehículos e inscripción de las unidades de carga que superen los pesos y dimensiones máximas establecidas en la norma andina (art. 8 Decisión 399).
En cuyo caso, en los certificados de habilitación vehicular y en el certificado de registro de la unidad de carga, se deberá agregar la siguiente leyenda: "Sólo podrá ser utilizado en el transporte internacional por carretera contando con la respectiva autorización especial".
La autorización especial será otorgada conforme a la legislación vigente de Perú y Ecuador, según corresponda.
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