La Municipalidad del Callao dispuso la medida con la finalidad de evitar el contagio y la propagación de la nueva influenza AH1N1.
La Municipalidad Provincial del Callao dispuso prohibir por espacio de 30 días calendario la realización de espectáculos públicos y afines, en los que haya concurrencia masiva de personas, con la finalidad de evitar el contagio colectivo de la nueva influenza AH1N1.
La medida se ajusta a una ordenanza publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, a través de la cual se promueve entre la población comportamientos saludables, preventivos y de control para disminuir los efectos de esta pandemia.
La norma dispone difundir y hacer respetar entre la población del primer puerto una serie de medidas precautorias como cubrirse la nariz y boca al toser o estornudar con un pañuelo desechable o un papel higiénico, o en su defecto, con la parte interna del codo.
Asimismo, entre esas medidas figuran lavarse las manos frecuentemente, arrojar los pañuelos utilizados al basurero, no escupir al suelo, no compartir alimentos, vasos ni cubiertos, ventilar y permitir la entrada de sol a la casa, salones de clase, oficinas, etc.
En caso se detecte un infectado por este mal, se deberá informar al Ministerio de Salud, de acuerdo con las normas que regulan el tratamiento del virus, señala la norma.
En lugares u objetos contaminados, se debe determinar su inmovilización o cierre hasta que éstos estén desinfectados.
El dispositivo añade que, en caso de tratarse de medios de transporte público contaminados, se determinará el aislamiento preventivo y posterior cuarentena de los mismos, comunicándose de inmediato el hecho al ente rector de salud.
Asimismo, en situaciones de carácter extraordinario, las autoridades sanitarias podrán exigir la realización de las pruebas analíticas y exámenes médicos que consideren necesarios para proteger la salud de las personas.
La ordenanza lleva la firma del alcalde provincial chalaco, Félix Moreno Caballero.
-ANDINA
La medida se ajusta a una ordenanza publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, a través de la cual se promueve entre la población comportamientos saludables, preventivos y de control para disminuir los efectos de esta pandemia.
La norma dispone difundir y hacer respetar entre la población del primer puerto una serie de medidas precautorias como cubrirse la nariz y boca al toser o estornudar con un pañuelo desechable o un papel higiénico, o en su defecto, con la parte interna del codo.
Asimismo, entre esas medidas figuran lavarse las manos frecuentemente, arrojar los pañuelos utilizados al basurero, no escupir al suelo, no compartir alimentos, vasos ni cubiertos, ventilar y permitir la entrada de sol a la casa, salones de clase, oficinas, etc.
En caso se detecte un infectado por este mal, se deberá informar al Ministerio de Salud, de acuerdo con las normas que regulan el tratamiento del virus, señala la norma.
En lugares u objetos contaminados, se debe determinar su inmovilización o cierre hasta que éstos estén desinfectados.
El dispositivo añade que, en caso de tratarse de medios de transporte público contaminados, se determinará el aislamiento preventivo y posterior cuarentena de los mismos, comunicándose de inmediato el hecho al ente rector de salud.
Asimismo, en situaciones de carácter extraordinario, las autoridades sanitarias podrán exigir la realización de las pruebas analíticas y exámenes médicos que consideren necesarios para proteger la salud de las personas.
La ordenanza lleva la firma del alcalde provincial chalaco, Félix Moreno Caballero.
-ANDINA
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