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Rechazan solicitud de libertad de Eva Bracamonte y Liliana Castro

Foto: Andina
Foto: Andina

Dewar Guevara, titular del 50º Juzgado Penal consideró que falta realizar importante instructiva al sicario Alejandro Trujillo Ospina. El plazo de instrucción se amplió por 20 días.

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El juez del 50º Juzgado Penal de Lima, Dewar Guevara, declaró improcedente la variación del mandato de detención solicitado por Eva Bracamonte Fefer y Liliana Castro Mannarelli, recluidas en el penal de Mujeres de Chorrillos por presunta participación en el homicidio de la empresaria Myriam Fefer Salleres.

La resolución del magistrado se sustenta en que aún faltan realizar importantes diligencias para el esclarecimiento de los hechos, entre ellas la instructiva de Alejandro Trujillo Ospina, supuesto homicida de la empresaria, testimoniales y la inspección judicial

Del mismo modo, porque las imputaciones presentadas contra Bracamonte Fefer y Castro Mannarelli aún no se encuentran desvirtuadas ni desvanecidas, encontrándose el proceso penal en la etapa de instrucción.

A fin de realizar las diligencias judiciales pendientes, de oficio, Guevara Torres amplió el plazo de instrucción por 20 días.

En este plazo, el magistrado tomará la instructiva de Trujillo Ospina, prevista para el 21 de mayo, y se realizará la pericia psicológica y psiquiátrica al ciudadano colombiano.

Del mismo modo, se recogerán las testimoniales de Yurin Foroca Torres, quien a mediados del año 2006, aparentemente, alquilaba teléfonos a Trujillo Ospina, y, vía exhorto, con el apoyo de la Oficina de Cooperación Judicial, de Gloria Vanegas, suegra del presunto sicario.



 

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