El decreto de alcaldía, que apareció en El Peruano, señala que Surco sancionará a los propietarios que realicen o permitan a terceros el lavado de sus vehículos en la vía pública.
La Municipalidad de Santiago de Surco, a través del decreto de alcaldía Nº 08-2023-MSS publicado en el diario oficial El Peruano, anunció la prohibición de la "actividad ambulatoria del lavado de parabrisas y otros en la vía pública" de dicho distrito.
La medida señala que se sancionará a los propietarios que realicen o permitan a terceros el lavado de sus vehículos en las calles de Surco.
Según el cuadro de infracciones, será considerado como falta grave "realizar actividades comerciales en la vía pública sin autorización municipal" (limpiadores de parabrisas y lavadores de vehículos) y tendrá una multa del 35% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalente a S/1732.50.
Mientras que "al propietario por realizar o permitir a terceros que se realice el lavado de su vehículo en la vía pública", se considerará como falta leve y tendrá una multa del 10% de una UIT, es decir S/495.
Asimismo, se determinó encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa y a la Subgerencia de Operaciones de Seguridad Ciudadana, coordinar con la Policía Nacional del Perú (PNP) operativos para la erradicación de la actividad ambulatoria del lavado de parabrisas en la vía pública.
Además de la intervención de otras entidades del Estado para los casos en que exista la presencia de menores de edad.
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