Resolución sin precedentes, de ser apelada podría resolverse en año y medio. Ciudadano ya había logrado cambiar de nombre de mujer a varón.
Por orden del Tribunal Constitucional, en sentencia emitida en el año 2016, los jueces civiles, están facultados para analizar los casos de cambio de sexo así como son competentes para llevar procesos de cambio de nombres, afirmó el presidente de la Corte Superior de Justicia, tras ser consultado por sentencia que autoriza cambio de sexo a persona.
El juez superior Eloy Zamalloa, explico que según la resolución del máximo órgano de administración de justicia en el país, emitido en el 2016; otorga al juez la libertad de interpretar y aplicar las leyes al amparo de los derechos fundamentales de identidad y sexo de una persona.
En el marco de la jurisprudencia (que hace 10 años, fue denegada por mayoría; por los integrantes del TC); el Juez Yuri Cuba, del segundo Juzgado Civil de Paucarpata, ordenó el cambio de sexo del ciudadano identificado con las iniciales A.A.V.G., evaluando aspectos de la identidad biológica e identidad psicológica.
Recordó que la persona transexual, que se sometió a cirugías de para el retiro de órganos genitales, aceptado a nivel mundial, ya había logrado cambiar de nombre de mujer a varón en proceso del año 2010; por lo que procedía la autorización para que se cambie de sexo en la partida de nacimiento y Documento Nacional de Identidad el cambio de sexo.
El juez superior Civil, reconoció que la resolución del magistrado de primera instancia es polémica, nueva y la primera en el país; teniendo en cuenta que aún que somos una sociedad conservadora.
Pero, la resolución de ser apelada, será analizada por una Sala Civil; e incluso elevada en recurso de casación a la Corte Suprema; y se le sigue negando el derecho a la persona, podría recurrir a una medida cautelar; proceso que podría durar hasta dos años.
En caso de quedar consentida, la persona adquiere tiene todos los derechos y obligaciones sociales como el contraer matrimonio.
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