Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
El poder en tus manos
EP75 | INFORME | ¿Cuál es el proceso de selección y el perfil que deben tener los jefes de la ONPE y el Reniec?
EP 75 • 02:54
Código Pulp
EP01 | T1 | La James Bond femenina: Modesty Blaise
EP 1 • 40:55
Dicho en el Perú
EP40 | Santa Rosa de Lima: "Fuera de la cruz no hay otra escalera por donde subir al cielo".
EP 40 • 17:04

Un trabajador se durmió en horario laboral y empresa lo despidió en La Libertad

El trabajador fue desvinculado laboralmente por dormir durante su horario laboral.
El trabajador fue desvinculado laboralmente por dormir durante su horario laboral. | Fuente: Morguefile | Fotógrafo: Referencial

Corte Suprema dio la razón a empresa Casa Grande SAA que despidió a trabajador por esta falta grave establecida en el Reglamento Interno de Trabajo

Controversia a nivel nacional ha originado una decisión judicial -vía casación Laboral 13121-2017 La Libertad- de la Corte Suprema que da la razón a una empresa agroindustrial de La Libertad por despedir a un trabajador que se durmió durante su jornada laboral.

El caso sucedió en la empresa Casa Grande SAA, donde el trabajador, identificado como José Castillo Pereyra, fue desvinculado laboralmente por dormir durante su horario de trabajo, a pesar de encontrarse supervisando operaciones de diversas maquinarias.

Esto fue considerado como una falta grave por la empresa, porque -según argumentó- constituía una inobservancia a su Reglamento Interno de Trabajo, que calificaba este comportamiento como falta grave.

El trabajador solicitó su reposición por despido nulo, pues consideraba que había sido despedido por represalias por ser delegado sindical en paros organizados por el sindicato de la empresa.

Sin embargo, el supremo tribunal argumenta que no existieron indicios que otros trabajadores como él (delegados) hubieran recibido represalias en mérito al contexto de las actividades sindicales.

Además, se corroboró, por fotos presentadas durante el proceso, que el trabajador estaba en una postura de descanso con los ojos cerrados y lentes puestos, lo cual no era producto de gotas oculares, tal como lo señaló.

Sobre la falta grave referida al incumplimiento de las obligaciones de trabajo que supone el quebrantamiento de la buena fe laboral, el supremo tribunal concluyó que "se debe entender que el contenido estricto de esta falta reside en el incumplimiento del trabajador de las labores que tiene asignadas en la empresa, es decir, las “obligaciones de trabajo” cuyo incumplimiento se tipifica como falta grave".

Tags

Lo último en La Libertad

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA