Sala Penal de Apelaciones cambió prisión preventiva por comparecencia restrictiva y una caución de 500 soles en un plazo de 48 horas.
La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque revocó la resolución emitida por el juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, que ordenaba prisión preventiva contra el soldado del Ejército Calos Enrique Goicochea Rodrigo por el presunto delito contra la libertad sexual a una menor de edad.
Ante ello declaran infundado el requerimiento de prisión preventiva y dicta mandato de comparecencia restrictiva, contra el imputado, quedando sujeto al cumplimiento de normas de conducta; además de someterse al cuidado y vigilancia de la Sétima Brigada de Infantería - Unidad Batallón de Servicios N°07, institución que deberá informar tanto al juez como al fiscal de la investigación en forma mensual, respecto a su permanencia y que deberá ponerlo a disposición del despacho judicial o fiscal, las veces que sea requerido.
Como se recuerda el pasado 30 de mayo, la menor de 12 años al salir de su colegio ubicado en distrito de Pimentel, fue recogida por Carlos Goicochea, quien la llevó hasta su vivienda de la ciudad y allí habrían sostenido relaciones a insistencia del imputado; sin embargo los exámenes del médico legista arrojaron que la menor no presenta lesiones y además no se evidencia agresión alguna.
Para el abogado defensor, Luís Vera, lo resuelto fue justo, ya que existían dudas, destacando que la propia agraviada refirió que no hubo relaciones sexuales al momento que médico legista la reviso; aunque luego dijo lo contrario.
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