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Autores de delitos graves no podrán acogerse a confesión sincera

Pleno del Congreso aprobó por mayoría norma que también excluye de dicho beneficio los delitos de trata de personas genocidio, desaparición forzada, tortura agravada y terrorismo.

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El pleno del Congreso aprobó por mayoría una norma que modifica los artículos 136° y 161° del Código de Procedimientos Penales, excluyendo a los delitos graves de los beneficios que implique la confesión sincera debidamente comprobada.

El presidente de la Comisión de Justicia del Parlamento, Rolando Sousa, explicó que a través de la norma se prohíbe reducir de la pena por efecto de la confesión sincera para los delitos de parricidio, asesinato, instigación o participación en pandillaje pernicioso.

También quedan excluidos de tales beneficios los delitos de trata de personas, incluyendo sus formas agravadas, la violación sexual de un menor de edad seguida de muerte o lesión grave, violación de personas que estén bajo la autoridad o vigilancia del autor del hecho, el hurto agravado, promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas, y las formas agravadas del narcotráfico.

De igual manera quedan fuera de los beneficios por confesión sincera los delitos de genocidio, desaparición forzada, tortura agravada y terrorismo.

Sousa explicó que tal como se encuentra redactado en la actualidad el Código de Procedimientos Penales, sólo se excluye de la confesión sincera a los delitos de secuestro y extorsión.

Asimismo, en la ley aprobada se establece que la reducción de la pena por confesión sincera no se aplica a los reincidentes habituales.

La norma contiene una segunda disposición por la cual se indica que su aplicación se dará en función a los nuevos procesos iniciados a partir de su vigencia.

Este proyecto de ley fue aprobado por 64 votos a favor, una abstención y ninguno en contra.

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