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Caso Chavín de Huántar: No hubo pruebas para condenar a Manuel Túllume

Foto: Reniec
Foto: Reniec

Cuarta Sala Penal Liquidadora concluyó que actividad de Túllume como camarógrafo no está relacionada con un crimen, ni tuvo incidencia en eventual ejecución extrajudicial.

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El procurador del Ministerio de Defensa, Gustavo Adrianzén Olaya, señaló que el exsuboficial del Ejército Manuel Túllume fue absuelto ayer, jueves, del delito de homicidio calificado como cómplice secundario en la muerte del emerretista Eduardo Cruz Sánchez, alias ‘Tito’, durante la operación Chavín de Huantar, debido a que no se presentaron pruebas objetivas.

“En derecho penal, para acusar y condenar a una persona, se tiene que mostrar pruebas objetivas y no indiciarias”, expresó en diálogo con RPP Noticias.

Explicó que los policías Marcial Torres Arteaga y Raúl Robles Reynoso, principales testigos del proceso judicial, presumieron que Tullume estaba filmando la zona donde ellos detuvieron a Cruz Sánchez. “Nadie puede ser condenado por una simple presunción”, refirió el procurador.

La Cuarta Sala Penal Liquidadora, en ese sentido, tomó la decisión de absolver al extécnico de comunicaciones del Servicio de Inteligencia Nacional, porque no se pudo probar su participación en la presunta ejecución de Cruz Sánchez.

El Tribunal concluyó, por tanto, que su actividad como camarógrafo no está relacionada con un crimen, ni tuvo incidencia alguna en una eventual ejecución extrajudicial.

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