Estadísticas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables arrojan esa estadística para el primer semestre del 2013.
El 80% de las mujeres víctimas de feminicidio en el primer semestre del 2013 no buscó protección, cuando estaba en vida, para evitar los golpes y maltratos que le propinaba su pareja o conviviente, según estadísticas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP).
La directora de la Unidad de Generación de Información de Violencia Contra la Mujer del citado ministerio, Olga Bardales, explicó que estas mujeres no denunciaron las agresiones o no solicitaron apoyo de nadie porque aceptaban vivir en un círculo de violencia que las aislaba de redes de protección que genera la comunidad.
"La dependencia emocional con la pareja o ex pareja y su temor a narrar su experiencia con familiares o amistades las aleja de información sobre sus derechos. También las aleja de las dependencias policiales y gobiernos locales donde pueden presentar una denuncia".
Bardales Mendoza indicó que las mujeres víctimas de agresiones aceptan el maltrato crónico porque en el fondo esperan que su pareja cambie. En todo el primer bimestre del 2013 se registraron 54 casos de feminicidio.
Tentativa de feminicidio
Sin embargo, la situación de quienes sobrevivieron a un intento de feminicidio es distinta. Según la misma unidad especializada, de enero a junio se registraron 63 tentativas de feminicidio.
El 27% no hizo nada en vida para detener la escalada de violencia contra ella, el 41% sí presentó denuncia a la Policía Nacional y el 6% recibió medidas de protección tras denunciar sus casos.
"Este grupo sí buscó otras alternativas para enfrentar la violencia contra ellas", comentó la especialista a la agencia Andina.
Otro dato revelador de la información semestral que genera la Unidad del Programa de Violencia Familiar y Sexual es que el 86% de los casos de feminicidio son considerados íntimos (perpetrado por la pareja sentimental) y el 16% no íntimo.
Bardales Mendoza definió este último como el asesinato cometido a mujeres por personas que no tienen ningún vinculo sentimental ni familiar, pero están motivadas por la discriminación de género.
"La modificación reciente al Código Penal recoge la figura del acosador como victimario, y gracias a este dispositivo legal, se visibilizará este tipo de delito y sincerará las cifras sobre su realidad en el país", explicó la especialista.
Por esa razón, agregó, los feminicidios no íntimos pasaban desapercibidos o como delitos comunes porque los operadores y administradores de justicia los tipificaban de esa manera. Con esta modificación legal, ya no serán invisibilizados y habrá un mejor de tratamiento, puntualizó.
De esta manera, gracias a este nuevo dispositivo legal a partir de ahora los datos oficiales sobre feminicidio serán reales. "Parecerá que los casos se incrementan, pero lo que ocurrirá es que ahora se registrará mejor. Las estadísticas se reacomodarán", dijo.
Durante el 2,012, en este mismo periodo de tiempo el MIMP registró 38 feminicidios, de los cuales 16 fueron considerados no íntimos.
De acuerdo al Código Penal, el autor de feminicidio en caso de violencia familiar, coacción, hostigamiento o acoso sexual, abuso de poder o confianza recibe una pena privativa de la libertad no menor de 15 años.
Si a esto se le agrega un agravante como el que la víctima sea menor de edad, se encuentre en estado de gestación, bajo tutela o cuidado del asesino, sometida a violación, mutilación o a trata de personas, el castigo será no menor de 25 años de pena privativa de la libertad.
Andina
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