Allan Wagner, José Antonio García Belaunde, Manuel Rodríguez Cuadros y Eduardo Ferrero reafirmaron que triángulo terrestre es peruano.
Los cuatro agentes peruanos ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, Allan Wagner Tizón, José Antonio García Belaunde, Manuel Rodríguez Cuadros y Eduardo Ferrero, estuvieron en los estudios de RPP Noticias para explicar los alcances de la sentencia del tribunal internacional.
Ante el inicio de una nueva controversia por el triángulo terrestre que se ubica debajo del Hito N° 1, el equipo jurídico del Perú coincidió que la controversia con Chile fue sobre límites marítimos, no terrestres.
El excanciller José Antonio García Belaunde consideró que no debería ser un tema de discusión el triángulo terrestre formado tras la delimitación marítima, ya que -dijo- “está muy claro en el fallo”.
“El fallo señala claramente que ellos (Chile) conocen la existencia del Tratado del 29, conocen que el tratado del 29 definió los límites terrestres y lo que están haciendo (en La Haya) es establecer el límite marítimo”, señaló.
El agente peruano Allan Wagner también comentó sobre el particular y ratificó que tanto el triángulo terrestre como cualquier modificación a la Constitución no están en discusión, porque el territorio fue establecido como peruano en el Tratado de 1929 y el fallo no admite condicionamientos.
"No se puede de ninguna manera sujetar a nada la ejecución del fallo sobre la delimitación marítima. No hay posibilidad de sujetarlo", manifestó en entrevista con RPP Noticias.
Por su parte, Eduardo Ferrero Costa, miembro del equipo jurídico ante La Haya, aseguró que el fallo emitido sobre el diferendo marítimo con Chile es de ejecución inmediata.
“El fallo es obligatorio. Su aplicación, su ejecución es inmediata. El fallo no tiene condiciones para su implementación, no tiene plazos exigibles”, opinó.
En tanto, el exministro de Relaciones Exteriores, Manuel Rodríguez Cuadros, dejó en claro que no se puede poner condiciones a la ejecución de la sentencia de la CIJ. “La ejecución de la sentencia inmediata no admite ningún condicionamiento posfallo, de ninguna de las dos partes", indicó.
Asimismo, refirió que lo único que cabe es fijar las coordenadas de los puntos fijados por la corte de La Haya, al determinar el límite marítimo con Chile a partir del Hito N°1.
"Lo único que los países deben hacer es coincidir en la fijación de las coordenadas de los puntos A, B y C que la corte les ha encomendado. Es una tarea que técnicamente por el lado peruano debe estar listo, según la Marina de Guerra del Perú, en unos 10 a 12 días más", aseveró.
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