La norma promulgada por el Congreso establece que los medios de comunicación cedan el 10 % de su programación para la emisión de una franja para sensibilizar y prevenir la violencia contra la mujer. Dicha ley había sido observada por el Ejecutivo.
Los abogados José Tello y Andy Carrión cuestionaron que el Congreso de la República promulgara la norma que impone a los medios de comunicación ceder el 10 % de su programación para la emisión de una franja en la que se sensibilice sobre la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar.
En declaraciones a Las cosas como son de RPP, Tello indicó que la promulgación de esta norma representa una afectación a la libertad de expresión y a la de empresa, pues perjudica a los medios de comunicación al requerir que se establezca una porción de su programación para emitir dicho contenido.
“(Hay) una afectación definitivamente a la libertad de expresión y aparte también hay que tener en cuenta algo a la de empresa, porque evidentemente de alguna u otra forma está generándole un perjuicio, más aún cuando en un libre mercado y hay que dejar eso bastante claro, se debe permitir que los actores se autorregulen”, dijo.
Advierten "facilismo" por parte de congresistas
Por su parte, Carrión dijo que no se cuestionaba la finalidad de la norma, que es la lucha contra la violencia a la mujer y los grupos vulnerables, sino el medio utilizado, pues el Estado puede disponer del canal estatal y estaciones de radio para hacer difusión de este contenido.
Asimismo, el abogado consideró facilista que al promulgar esta norma se crea que se luchará contra la violencia, en vez de establecer políticas más rigurosas que contribuyan a la prevención de esta problemática.
“Ese es el facilismo como el de los congresistas creyendo que elevando las penas se elimina el delito y creo que no es así, el Estado debería más bien repensar la violencia en contra de los grupos vulnerables o de la mujer, por ejemplo, estableciendo políticas mucho más rigurosas en la escuela, en el colegio, los cursos que se deben impartir, quizás una vigilancia de los grupos vulnerables en los cuales se deba de promover el respeto a este tipo de derechos”, sostuvo.
Ley promulgada
La norma promulgada por el Legislativo y publicada en vísperas en el diario oficial El Peruano modifica el artículo 46 de la Ley 30364, ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.
Se establece la creación de una franja educativa gratuita del 10 % de la programación que los medios de comunicación escritos, televisivos, radiales y de cualquier otra modalidad, a fin de que se emitan contenidos vinculados a la sensibilización, prevención, atención, protección, sanción y reeducación para la erradicación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
Estos contenidos serán desarrollados por las instituciones públicas articuladas en el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar.
Ejecutivo examinará norma
El jefe del Gabinete Ministerial, Eduardo Arana, anunció que examinarán la ley y que no se utilizará ningún medio de comunicación con un fin ajeno al establecido por la norma. Asimismo, señaló que el Gobierno ya había observado esta ley, pues consideraba que no se podía invadir la esfera de los medios de comunicación.
“Es una ley en la cual también el Ejecutivo en su momento expresó sus observaciones justamente con relación a que no se podía invadir parte de la esfera de lo que los medios de comunicación estaban haciendo y, por otro lado, porque considerábamos que esto podía dar lugar a una interpretación incorrecta”, dijo.
“Ahora la ley existe, vamos a examinarla desde luego y le puedo asegurar que desde el Ejecutivo no vamos a utilizar ningún medio de comunicación con propósitos que no sean al que corresponde el objeto de la ley”, añadió.
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