Los procedimientos de administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos del FONAVI, serán financiados con cargo al presupuesto institucional del MEF.
El Gobierno aprobó la Ley N° 29625, Ley de devolución de dinero del FONAVI, a los trabajadores que contribuyeron con el mismo.
La resolución fue publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano y entra en vigencia mañana.
(VEA el formulario de inscripción al proceso de devolución del FONAVI N°1)
(VEA el formulario de inscripción al proceso de devolución del FONAVI N°2)
Indica que las acciones y procedimientos de administración y recuperación de las acreencias, fondos, activos y pasivos del FONAVI regulados en el presente reglamento, serán financiados con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Para este fin, se conformará una Comisión Ad-Hoc que en una primera etapa generará una Base de Datos de Fonavistas Beneficiarios a partir de la información recibida tanto de las instituciones públicas como privadas mencionadas que son la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs, quienes brindarán la información relativa al historial laboral de los trabajadores que aportaron al FONAVI durante su periodo de vigencia.
Asimismo, la Comisión realizará diversos procesos de auditoría sobre la calidad de los datos validados y registrados en el sistema informático SIFONAVI.
También, se publicaron dos formularios que los fonavistas tendrán que llenar para el proceso de incripción de devolución de los aportes.
En el primero figuran los datos personales, mientras que en el segundo, se pide detalladamente el registro de información de aportes realizados al Fonavi como año, mes, frecuencia, tipo de moneda, monto de remuneración asegurable; entre los periodos julio de 1979 y agosto de 1998.
La resolución está refrendada por el presidente Ollanta Humala y el ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla.
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