Carmen Arauco, titular del 37 Juzgado Penal de Lima, dictó reglas de conducta que el líder nativo debe cumplir bajo apercibimiento de revocar la comparecencia restringida por orden de detención.
La jueza del 37 Juzgado Penal de Lima, Carmen Arauco, impuso impedimento de salida del país contra el líder nativo Alberto Pizango, en el proceso que se le sigue por delitos contra la paz pública y apología respecto a los cargos de sedición y motín en agravio del Estado.
Fue al resolver la solicitud de variación del mandato de detención por el de comparecencia que el ex presidente de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep) presentó el 21 de abril último, informó la Corte Superior de Justicia de Lima a través de un comunicado.
La resolución de la magistrada señala que Pizango Chota debe cumplir estrictas reglas de conducta bajo apercibimiento de revocar la comparecencia restringida. Del mismo modo, se indica que el impedimento de salida del país debe ser renovado cada 30 días por el secretario de la causa.
Entre las reglas de conducta se señala: no variar de domicilio ni ausentarse del lugar de su residencia sin autorización del juzgado; concurrir cada fin de mes al local del juzgado a informar y justificar sus actividades y; concurrir en forma estricta y puntual a las citaciones que le formule el juzgado.
La decisión del ex dirigente de Aidesep de renunciar a su situación jurídica de asilado para retornar al país y ponerse a disposición de la justicia, fue tomada en cuenta por la doctora Arauco Benavente al revocar la orden de detención.
Fue al resolver la solicitud de variación del mandato de detención por el de comparecencia que el ex presidente de la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep) presentó el 21 de abril último, informó la Corte Superior de Justicia de Lima a través de un comunicado.
La resolución de la magistrada señala que Pizango Chota debe cumplir estrictas reglas de conducta bajo apercibimiento de revocar la comparecencia restringida. Del mismo modo, se indica que el impedimento de salida del país debe ser renovado cada 30 días por el secretario de la causa.
Entre las reglas de conducta se señala: no variar de domicilio ni ausentarse del lugar de su residencia sin autorización del juzgado; concurrir cada fin de mes al local del juzgado a informar y justificar sus actividades y; concurrir en forma estricta y puntual a las citaciones que le formule el juzgado.
La decisión del ex dirigente de Aidesep de renunciar a su situación jurídica de asilado para retornar al país y ponerse a disposición de la justicia, fue tomada en cuenta por la doctora Arauco Benavente al revocar la orden de detención.
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