Ayer prestaron juramento cinco de los siete miembros de la primera Junta Nacional de Justicia. La Junta eligió a Aldo Vásquez como su presidente. Los casos de Falconí y Zavala serán abordados el miércoles.
Al término de un largo y complicado proceso de selección y más de doce meses después del referendo que la creó, quedó constituida la primera Junta Nacional de Justicia, el organismo encargado de evaluar y sancionar a jueces y fiscales. Solo cinco de sus siete miembros prestaron ayer juramento, puesto que dos de los seleccionados, Marco Falconí y María Zavala, han sido objeto de nuevos cuestionamientos.
La Comisión Especial que hizo la selección sesionará con ellos el próximo miércoles para escucharlos y tomar una decisión. Entretanto los cinco juramentados procedieron a elegir a su presidente, Aldo Vásquez. La opción parece razonable puesto que Vásquez obtuvo la más alta votación. Algunos se ofuscan porque fue ministro de Justicia de Ollanta Humala, pero no hay ningún reproche sobre su desempeño, lo que en los tiempos que corren es casi una hazaña.
Vásquez, por lo demás, fue alto funcionario durante los primeros años de Alberto Fujimori, pero renunció cuando se produjo el golpe del 5 de abril de 1992. Fue también alto funcionario durante el primer mandato de Alan García. En suma, el caso de Vásquez prueba que tenemos funcionarios públicos capaces de poner su talento y su honestidad al servicio del Estado, sin que esto quiera decir que se comprometan pon la organización política en el poder. Vásquez ha sido también director del Instituto de estudios social-cristianos y durante los últimos años fue vice-rector de la Universidad jesuita Arturo Ruiz de Montoya.
Mientras tanto, el juez constitucional Carlos Ramos cumplió con someter a sus seis colegas la ponencia sobre la demanda competencial presentada por Pedro Olaechea para invalidar la disolución del Congreso decidida por el presidente Martín Vizcarra. La ponencia es solo un primer documento para propiciar el intercambio entre los siete jueces, que puede ser enriquecido, modificado y contradicho por los argumentos que se formulen en el curso de la deliberación. Según fuentes vinculadas al Tribunal Constitucional la ponencia declara infundada la demanda competencial, lo que equivaldría a considerar constitucional la disolución del Congreso. Tendremos que esperar para conocer los argumentos de Núñez, aunque la flamante presidenta del Tribunal, Marianella Ledesma, propone que la ponencia pueda ser difundida para que los ciudadanos conozcamos el proceso de toma de decisiones sobre un tema que nos concierne a todos.
Aunque la disolución sea declarada de acuerdo con la Constitución, los jueces tendrá que aclarar, de cara al futuro, los aspectos constitucionales que han dado lugar a las objeciones. ¿El rechazo de la cuestión de confianza debe necesariamente ser objeto de un voto en el Congreso o existe también un rechazo fáctico, cuando el Congreso, como en este caso, hace exactamente lo contrario de lo que el Ejecutivo solicita en el momento de plantear la cuestión de confianza? Como nunca se había utilizado la figura constitucional de la disolución, definida en el artículo 134 de la constitución de 1993, resulta útil que el Tribunal clarifique. De esa manera quedarían sin fundamento las intenciones de algunos candidatos de proponer la vacancia del presidente, al que atribuyen haber violado la constitución.
Otra decisión judicial anunciada ayer fue la condena de Gregorio Santos, ex-gobernador regional de Cajamarca. El juzgado impuso a Santos una condena de 19 años por graves cargos de corrupción en ejercicio de su cargo. El caso de Santos, quien fue líder de un partido de izquierda, prueba que la corrupción no es un realidad propia de un sistema o ideología. Es una tara moral, que existe desde la más remota Antigüedad y sin duda, existió también en el mundo precolombino, como sugiere que el mandamiento de “No robar” forme parte de la trilogía ético-política que nos hizo conocer hace más de 400 años el Inca Garcilaso de la Vega.
Las cosas como son
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