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La Haya: Respuesta a juez fijará naturaleza de Declaración de Santiago

Internacionalista Juan Velit consideró que se evidenciará que no hubo voluntad política de Perú y Chile de firmar un tratado de límites.

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La pregunta del juez Mohamed Bennouna resulta capital en el diferendo entre Perú y Chile porque su respuesta determinará cuál es la verdadera naturaleza de la Declaración de Santiago de 1952, afirmó hoy el internacionalista Juan Velit Granda.

Según dijo, la respuesta a esta interrogante se sumará a otros elementos presentados en la fase oral que determinarán finalmente el fallo que emitirá la Corte Internacional de Justicia de La Haya sobre el contencioso limítrofe entre ambos países.

Comentó, en ese sentido, la pregunta formulada por el magistrado Bennouna a los equipos jurídicos de Perú y Chile respecto a si en 1952 se podía proclamar y delimitar una zona marítima de soberanía, sobre la base de la Declaración de Santiago.

Esta interrogante es verdaderamente capital. Tiene una dosis de esclarecimiento básico porque en el fondo está diciendo: hay que sincerarse, ser mucho más transparentes. Ese es el propósito de la pregunta”, declaró.

Añadió que de esta manera se busca aclarar si Perú y Chile fueron a la Conferencia de Santiago de 1952 con la “voluntad política” de firmar un tratado de límites.

Al respecto, Velit manifestó que la respuesta evidentemente será “no” porque ese documento tenía como objetivo la protección de las riquezas naturales ictiológicas de Chile, Perú y Ecuador, y de ninguna manera buscaba la delimitación marítima.

“La respuesta definitivamente va a aclarar la naturaleza de la Declaración de Santiago, se dirige a eso, a esclarecer la esencia de ese documento, y la respuesta cae por su propio peso, la respuesta tiene que ser negativa”, refirió.

El experto sostuvo que Chile ahora “debe estar reflexionando” porque en la exposición de su equipo jurídico estuvo “enturbiando el agua” al presentar una serie de elementos, sin que ninguno de ellos sea un verdadero acuerdo limítrofe.

Añadió que solo han empleado la casuística y una serie de elementos como mapas, resoluciones, memorándum, resoluciones, declaraciones de prensa, hasta libros escolares.

“Pese a la presentación de tanto material, no queda clara su defensa sobre la existencia de un acuerdo fronterizo. Por ello es que el juez formula esa pregunta, porque, de lo contrario, no lo habría hecho para tener clara la idea”, anotó.

Andina

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