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Municipalidad de Lima impugnará resolución de Indecopi que habilita a vehículos con papeletas

La comuna capitalina sostuvo que Indecopi incurre en un error en su pronunciamiento.
La comuna capitalina sostuvo que Indecopi incurre en un error en su pronunciamiento. | Fuente: Foto: Andina

Indecopi considera como barrera burocrática que se exija a los transportistas una declaración jurada de no contar con papeletas impagas para obtener la Tarjeta Única de Circulación (TUC).

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La Municipalidad de Lima impugnará, a través de un proceso contencioso administrativo (vía judicial), la resolución de Indecopi que declaró ilegal el requisito de no adeudo de papeletas que se exige a las empresas de transporte urbano para obtener la Tarjeta Única de Circulación (TUC) de sus vehículos.

La comuna capitalina sostuvo que Indecopi incurre en un error en su pronunciamiento, por cuanto no ha analizado correctamente la Ley Orgánica de Municipalidades, que en su artículo 81, señala que las comunas provinciales tienen competencia, entre otras, para normar y regular el servicio de transporte público de su jurisdicción.

También mencionan que el propio Reglamento Nacional de Administración de Tránsito (RNAT) faculta a las municipalidades a implementar normas complementarias en materia de transporte. Asimismo, la Ley del Procedimiento Administrativo General, en su artículo 39, establece que los procedimientos administrativos, requisitos y costos se determinan exclusivamente mediante decreto supremo o normas de mayor jerarquía como las ordenanzas municipales.

En ese sentido, la Municipalidad de Lima recurrirá al Poder Judicial para interponer un recurso contencioso administrativo a fin de dejar sin efecto las resoluciones emitidas por Indecopi y así salvaguardar la seguridad y calidad de vida de los usuarios del transporte.

Indecopi advierte barrera burocrática ilegal

El Indecopi declaró como "barrera burocrática ilegal" la exigencia de presentar una declaración jurada en la que conste que la unidad vehicular no cuenta con papeletas de infracción al tránsito nacional y/o transporte urbano, como requisito para la obtención de una tarjeta de circulación.

El motivo de esta resolución es que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales son competentes para regular y normar aspectos relacionados con el transporte público dentro de su jurisdicción. Sin embargo, se verificó que se impone un requisito adicional al establecido en el Reglamento Nacional de Administración de Transportes. Por esta razón el Indecopi advirtió que "la Municipalidad Metropolitana de Lima excede sus competencias".

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