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Penalistas difieren sobre sanciones para divulgación de chuponeo

Julio Rodríguez plantea penas para medios que revelen información basada en interceptación telefónica.

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El penalista Julio Rodríguez consideró que la divulgación de información proveniente del delito de interceptación telefónica debería ser castigada como según dijo, lo indican códigos penales de otros países en respeto a la privacidad de las comunicaciones.

 

En Ampliación de Noticias, argumentó que si se castiga tanto a la intervención telefónica como a su divulgación a través de los medios de comunicación, se limita "el espacio para que este tipo de actos se vaya reduciendo".

 

Rodríguez indicó que actualmente ello no está contemplado en nuestras leyes, sin embargo, consideró que debería implementarse para cautelar que no se divulgue información privada, ni que sea alterada.

 

Por su parte, el penalista Mario Amoretti sostuvo que si bien el delito de interceptación telefónica debe ser sancionado, al igual que el chantaje del que es víctima la persona "chuponeada", no necesariamente debería aplicarse sanción para un medio de comunicación.

 

"Si se da a conocer la comisión de un hecho delictivo, no habría objeto de penalización", sostuvo en RPP el abogado, quien recordó que no solo se castiga el chuponeo, sino los fines de la interceptación telefónica, además del "instigador" del delito que recibe la misma pena que él que lo cometió.

 

El penalista manifestó que el "chuponeo" telefónico tiene una pena de uno a tres años; por lo tanto, no hay cárcel; el agravante está en para qué y porqué se utiliza éste método.

 

La semana pasada, se procedió a la captura de seis presuntos integrantes de una red de chuponeo, que estaría según las investigaciones preliminares, involucrada en la interceptación telefónica del caso de los "petroaudios". Como se recuerda, fue a través de los medios de comunicación que se difundieron los audios que revelaron presuntas irregularidades y actos de corrupción en la licitación de lotes petroleros.

 

Rómulo León no puede ser colaborador eficaz

De igual modo, ambos penalistas aclararon que Rómulo León Alegría, involucrado en presuntos delitos de corrupción en la adjudicación de los lotes petroleros, no puede acogerse al beneficio de colaboración eficaz en el caso del chuponeo, a pesar de que según su abogado, fuera él quien diera información sobre la red de interceptación telefónica.

 

"Una cosa es dar información y otra cosa es colaborar", aclaró Amoretti, quien sostuvo que quienes sí se convertirían en colaboradores eficaces son los dos marinos capturados, porque podrían proporcionar información sobre la interceptación telefónica.

 

En otro momento, Amoretti se mostró de acuerdo en que de no ser por el carácter político o el "show" de las comisiones congresales que investigan irregularidades o actos de corrupción como en el caso de los petroaudios, este tipo de grupos de trabajo podrían ser importantes.

 

"(Si no fueran un show) sí sería importante (la investigación de la comisión) porque ellos sí tienen los medios económicos que no los tienen el Ministerio Público ni el Poder Judicial", anotó.

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