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Pérez Guadalupe: Uso de fuerza letal es ante peligro inminente de muerte

El ministro del Interior, José Luis Pérez Guadalupe destacó que por primera vez la Policía Nacional cuenta con una norma que regula el uso de la fuerza por parte de su personal.

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El ministro del Interior, José Luis Pérez Guadalupe, recalcó que la Policía Nacional del Perú puede hacer uso excepcional de la fuerza letal en cinco circunstancias, según consta en la norma que regula el accionar de los agentes en defensa de la sociedad y del Estado.

Dijo, por ejemplo, que pueden hacer uso de sus armas cuando se genere un peligro real o inminente de muerte del personal policial u otra persona, por la acción de quien participa de una reunión tumultuaria violenta.

“Este es el caso típico de Islay, tienes 100 personas con piedras y un policía aislado, lógicamente van a avanzar todos con piedras y lo van a matar. Ahí sí puede hacer uso de su arma letal, por su puesto”, expresó en entrevista con RPP Noticias.

Asimismo, dijo que solo se podrá proceder de esta forma en defensa propia o de otras personas en caso de peligro real e inminente de muerte o lesiones graves; cuando se produzca una situación que implique una seria amenaza para la vida durante la comisión de un delito particularmente grave.

Además, cuando se genere un peligro real e inminente de muerte o lesiones graves como consecuencia de la resistencia ofrecida por la persona que vaya a ser detenida; cuando la vida de una persona es puesta en riesgo real, inminente y actual por quien se está fugando.

BANDA ANCHA

De otro lado, anunció que ya hay un ganador para poner en operatividad la banda ancha, para la comunicación en las comisarías de todo el Perú. Indicó que el Gobierno va a dejar con Internet a todas las comisarías del país a donde llegue este servicio.

En cuanto al bloqueo de la señal para teléfonos celulares en las cárceles, Pérez Guadalupe refirió que el compromiso de la empresa que debe llevar a cabo la medida, es implementar este sistema en los 40 penales más grandes del Perú, lo que representa el 90 % de la población penitenciaria.

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Se precisa en el referido decreto que el arma de fuego solo podrá ser usada "cuando sea estrictamente necesario, y solo cuando medidas...

Posted by RPP Noticias on Domingo, 16 de agosto de 2015

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