En un plazo de 60 días calendario cada sector establecerá la ubicación de las memorias descriptivas de las áreas necesarias para la ejecución de los proyectos.
El presidente de
Dichos inmuebles de dominio privado adyacentes o necesarios para la ejecución de los referidos proyectos, cuya expropiación ha sido declarada de necesidad pública, se encuentran determinados en los Decretos de Urgencia. 047-2008 y 010-2009.
En un plazo de 60 días calendario, contados a partir de la publicación de la norma cada sector establecerá la ubicación, linderos y medidas perimétricas de las memorias descriptivas de las áreas necesarias para la ejecución de los proyectos de inversión así como los inmuebles comprendidos en el área de expropiación en cada caso.
Proyectos
El Decreto de Urgencia 047-2008 declara de necesidad nacional y de ejecución prioritaria por parte de Preinversión, los procesos de promoción de la inversión privada vinculados con la concesión de los proyectos Puertos de Paita, San Martín, Salaverry, Pucallpa, Iquitos y Yurimaguas.
Asimismo, la autopista del Sol, Tramo Trujillo-Sullana, la carretera IIRSA Centro (Evitamiento Ramiro Prialé ÂÂ Puente Ricardo Palma,
El Decreto de Urgencia. 010-2009 declara de necesidad nacional y ejecución prioritaria 52 proyectos de inversión pública que tienen por finalidad la atención de infraestructura y servicios prioritarios necesarios para garantizar el desarrollo económico del país en el contexto de la actual crisis financiera internacional.
Entre dichos proyectos figuran 15 rehabilitaciones de carreteras, 7 vinculados a la educación, 8 de saneamiento, 7 de agua potable y alcantarillado, 11 proyectos de Salud y 4 de electrificación rural.
Procedimiento
Los Ministerios a los que compete la ejecución de los mencionados proyectos de inversión son considerados sujetos activos responsables de iniciar los trámites de los procesos de expropiación correspondientes y tendrán otro plazo de 30 días para iniciarlos.
Estos portafolios indemnizarán al sujeto pasivo de la expropiación con un monto adicional al justiprecio equivalente a los intereses correspondientes a los meses en que se retrase la expedición de la resolución para la ejecución de la expropiación.
El pago de la indemnización justipreciada que se establezca por trato directo, proceso judicial o arbitral será asumido por los ministerios a cargo de la ejecución del proyecto de inversión, con cargo a los recursos de
La norma también faculta a los ministerios a efectuar, a través del Cofopri, un programa de reubicación de los asentamientos humanos ubicados en las áreas sujetas a expropiación, en coordinación con los gobiernos regionales donde se lleven a cabo los referidos proyectos de inversión.
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