Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La informacion mas relevante de la actuaidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
Informes RPP
Más de 3 millones de peruanos se convirtieron en pobres en los últimos 5 años
EP 1129 • 04:51
Nutriagenda
EP28 | Endometriosis: qué alimentos ayudan en el tratamiento
EP 28 • 33:56
Reflexiones del evangelio
Domingo 12 de junio | (Ascensión) - "Después de hablarles, el Señor Jesús subió al cielo y se sentó a la derecha de Dios. Ellos se fueron a anunciar el Evangelio por todas partes"
EP 630 • 12:06

Revelan dos informes periciales de caso Chavín de Huántar

RPP Noticias tuvo acceso a Dictamen Pericial de Medicina Forense de la Policía y a Dictamen Pericial de Restos de Disparo por Arma de Fuego que contribuyen a apoyar la defensa del Perú ante la CIDH.

Dos informes periciales que servirán como prueba ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a los que tuvo acceso RPP Noticias, contribuyen a apoyar la defensa del Perú, en el sentido de que no hubo ejecuciones extrajudiciales tras la operación Chavín de Huántar, ocurrida en abril de 1997.

El Dictamen Pericial de Medicina Forense de la Policía Nacional realizado a pedido de la Procuraduría del Ministerio de Defensa, da respuesta a las interrogantes en el mencionado proceso, el mismo que se sigue ante la Tercera Sala Penal Especial de la Base Naval del Callao.

Además, los análisis realizados a los restos de disparo de arma de fuego efectuado al cadáver NN14, el emerretista Eduardo Cruz Sánchez, alias "Tito", arrojan que este "no fue realizado a corta distancia".

"De acuerdo a los resultados plasmados en el Dictamen Pericial de Restos de Disparo por Arma de Fuego Nro 1714/2001...no se encontraron restos de disparo de Plomo, Antimonio y bario. Lo que nos indica que el disparo por arma de fuego no fue efectuado a corta distancia", señalan las conclusiones del informe.

Al respecto, el procurador del Ministerio de Defensa Gustavo L. Adrianzen Olaya, aseguró que tanto el informe del Dictamen Pericial de Restos de Disparo por Arma de Fuego y Dictamen de Medicina Forense permitirán "nuevos elementos de juicio en lo que hemos considerado un monólogo de los denunciantes".

Sostiene que ha quedado comprobado que "Tito" hizo disparos y que participó en el combate.

Además, afirma que queda descartado que el subversivo pudo haberse rendido.

Dijo que el disparo fue tangencial, que cruza de izquierda a derecha, sin dejar dudas de que se trató de un disparo a larga distancia, entre 8 a 10 metros.

"Es imposible que teniendo una granada en la mano (en alusión al terrorista) un tirador se acerque, porque volaría junto con él", expresó.

El procurador aseveró que ha quedado comprobado que "Tito" llevaba una granada en la mano y que es imposible que este explosivo haya sido "sembrado", "porque el espasmo cadavérico (persistencia en el cadáver de la actitud o postura) no permite que alguien coloque nada en la mano".

 

Opiniones

El abogado penalista Mario Amoretti consideró que los informes periciales son "contundentes".

"Sirven para corroborar y desvirtuar las afirmaciones que hacen, un antropólogo, dos policías y Hidetaka Ogura (ex rehén que acusa a los comandos Chavín de Huáncar)", manifestó en diálogo con RPP Noticias.

Sostuvo que si bien ambos informes son "suficientemente fuertes como prueba", este peritaje no va a ser determinante, ya que la contraparte también presentará sus pericias.

Por su parte, el penalista Julio Rodríguez comentó que las acusaciones de testigos son consideradas como una "verdad consensuada", pero los elementos técnicos ofrecen al juez una visión "desprovista de toda subjetividad".

A su juicio, las declaraciones del exrehén japonés Hidetaka Ogura, incluso deberían ser descartadas del proceso, ya que se contraponen a las afirmaciones de los 69 exrehenes.

"Es una versión aislada que no puede generar convicción a un magistrado y si agrega un elemento técnico que desvirtúa que se haya producido una ejecución extrajudicial. Es obvio que no puede generar convicción en ninguna circunstancia", sentenció.

Añadió que la posición del gobierno de Japón quedó zanjada en su momento, de la versión de Ogura, puesto que destacan que la operación Chavín de Huántar fue una de los más grandes rescate de rehenes a nivel mundial.



Tags

Lo último en Lima

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA