Buscar
RPP Noticias
Estás escuchando En vivo
 
00:00 / 00:00
Lima
89.7 FM /730 AM
Arequipa
102.3 FM / 1170 AM
Chiclayo
96.7 FM / 870 AM
Huancayo
97.3 FM / 1140 AM
Trujillo
90.9 FM / 790 AM
Piura
103.3 FM / 920 AM
Cusco
93.3 FM
Cajamarca
100.7 FM / 1130 AM
La información más relevante de la actualidad al momento
Actualizado hace 0 minutos
RPP Data
Hoja de ruta: ¿Cómo resolver los desafíos de nuestro sistema educativo?
EP 242 • 03:09
Reflexiones del evangelio
Miércoles 4 de diciembre | "Jesús llamó a sus discípulos y les dijo: Me da lástima la gente, porque llevan ya tres días conmigo y no tienen qué comer"
EP 836 • 12:15
Entrevistas ADN
Presidente del Poder Judicial: toda persona con problemas judiciales debe ponerse a derecho
EP 1759 • 17:28

Sunedu: TC declara infundada demanda de inconstitucionalidad contra ley que modifica el Consejo Directivo

Dicha ley afecta directamente a la reforma universitaria y a la Sunedu.

Dicha ley afecta directamente a la reforma universitaria y a la Sunedu.Fuente: Andina

El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad presentada por el 25 % del número legal de congresistas contra el Congreso y el Poder Ejecutivo, en la que cuestionan la Ley 31520, "Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas".

Todas las noticias en tu celular
¡Únete aquí a nuestro canal de WhatsApp!

El Tribunal Constitucional (TC), declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31520, norma que modifica el Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), que fue presentada por el 25 % del número legal de congresistas contra el Congreso de la República y el Poder Ejecutivo.

"La demanda fue presentada por el 25 por ciento del número legal de congresistas contra la Ley 31520, Ley que reestablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; y el artículo 32 del Decreto Legislativo 1451. En razón a que contraviene la autonomía universitaria. En dicho proceso, el Tribunal Constitucional ha declarado infundada la demanda", se lee en el comunicado emitido en su página oficial.

Recordemos que, en julio de este año, el Pleno del Congreso aprobó con 72 votos a favor, 39 en contra y cuatro abstenciones, por insistencia, la autógrafa de dicha ley que debilita la autonomía de la Sunedu. La norma que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas, en el marco del cuarto párrafo del artículo 18 de la Constitución Política, a través de la modificación de los artículos 1, 12, 15, 17 y 20 de la Ley Universitaria.

En agosto del presente año, Jeri Ramón, rectora de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), invitó mediante un oficio a Américo Guevara, presidente de la Asociación de Universidades Nacionales del Perú (Aunap), al acto de entrega de credenciales de los dos miembros elegidos por un grupo de rectores como representantes para integrar el Consejo Directivo de la Sunedu.

"En cumplimiento a lo previsto en la Ley 31520, aprobada y promulgada por el Congreso de la República, la suscrita rectora de la UNMSM, organizó la respectiva reunión de Rectores de Universidades Públicas para proceder a la elección de los dos miembros que integrarán el Consejo Directivo de la Sunedu, hecho acontecido en sesión del viernes 19 de agosto del año en curso", se lee en el documento.

Otras resoluciones

Por otro lado, también se declaró infundada la demanda de conflicto competencial presentada por el Gobierno Regional de Ica (Expediente Nº 00002-2022-PCC/TC) contra el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) respecto de la negociación colectiva entre el Sindicato de Obreros Mineros de Shougang Hierro Perú y Anexos y la empresa. Ello tras no alcanzar el número de votos para ser estimada.

Asimismo, se declaró fundada la demanda presentada por Carlos Francisco Hinostroza Rodríguez contra el entonces alcalde de la Municipalidad Distrital de la Molina, Juan Carlos Zureck Pardo-Figueroa. Hinostroza denuncia la vulneración de los derechos al libre tránsito, de igualdad y a no ser discriminado por razón de condición económica y social.


Tags

Lo último en Lima

Lo más leído

Suscribirte al boletín de tus noticias preferidas

Suscríbete a nuestros boletines y actualiza tus preferencias

Buzon
Al suscribirte, aceptas nuestras políticas de privacidad

Contenido promocionado

Taboola
SIGUIENTE NOTA